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¿Qué es una comunidad de bienes?

  • Léelo en 7 min
  • Guía actualizada el 13/06/2025

¿Quieres emprender con un socio, pero montar una empresa te parece mucho trajín? Quizá lo más adecuado para ti sea una comunidad de bienes, una forma de asociación sencilla para emprender entre dos o más personas. 

¿Te pica la curiosidad? Pues te contamos qué es una comunidad de bienes, sus ventajas y desventajas, cómo tributa y todo lo que necesitas para crearla. 👇

¿Qué es una comunidad de bienes?

En una comunidad de bienes varias personas comparten la propiedad de un bien o derecho, por ejemplo, un local, que utilizan para realizar una actividad empresarial. Es la forma más sencilla en la que los autónomos se asocian entre sí para emprender.

Estas son las características básicas de las comunidades de bienes: 

  • Necesitan mínimo 2 socios a los que se conoce como comuneros. En general, estos deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Aunque no sea lo más común los socios no necesariamente tienen que ser personas físicas, también pueden ser empresas. 
  • No se requiere un capital mínimo para constituir una comunidad de bienes.
  • La responsabilidad es ilimitada, es decir, que en caso de deudas los socios responden con su patrimonio personal. 
  • Es necesario tener un contrato entre los socios donde se recojan las aportaciones de cada uno y el reparto de ganancias y pérdidas. Eso sí, no puede aportarse solo dinero o trabajo, debes contribuir con algún bien. 
  • Si se aportan inmuebles, como un piso o un local, la comunidad de bienes debe constituirse mediante escritura pública ante notario.

¡Cuidado! No es una comunidad de bienes si los socios se unen para ejercer una actividad en común con el objetivo de ganar beneficios. Hacienda calificará la entidad como una sociedad civil, no como una comunidad de bienes.

Personalidad jurídica de una comunidad de bienes

Las comunidades de bienes no tienen personalidad jurídica propia. 

Son una forma de colaboración entre personas para gestionar o explotar un bien en común, pero no una empresa.

Pueden emitir facturas y tener su propio NIF, pero no actúan como una persona jurídica ante la ley. Esto significa que los bienes, derechos y obligaciones de la comunidad pertenecen a los socios. Por eso, en caso de deudas responderán con su patrimonio personal. 

En cuanto a las normas que la regulan:

  1. Código de Comercio: para temas comerciales como por ejemplo la facturación. 
  2. Código Civil: para los derechos y obligaciones, por ejemplo, cómo se reparten los beneficios y pérdidas, cómo se toman las decisiones, etc.

Fiscalidad de una comunidad de bienes

Vamos con lo importante, la pela. ¿Cómo tributa una comunidad de bienes? ¿Pagas Impuesto de Sociedades o IRPF? Vamos a verlo 👀.

Las comunidades de bienes no tributan por los beneficios obtenidos como comunidad, sino que los ingresos se atribuyen a los socios y son ellos los que declaran y pagan los impuestos individualmente. El tipo de impuesto a pagar depende de la naturaleza de cada comunero:

  • Si es una persona física residente en España, tributará en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Si el comunero es una sociedad, declarará su parte en el Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Si es un no residente, le corresponderá el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR).

Además, cada año la comunidad de bienes debe presentar el modelo 184, una declaración informativa donde se detallan los ingresos que le corresponden a cada comunero. No implica ningún pago, pero Hacienda lo usa para comprobar que cada cual declara lo que le toca en su IRPF, IS o IRNR.

Cómo constituir una comunidad de bienes

Los trámites burocráticos son un rollo, lo sabemos. Pero, no worries, montar una comunidad de bienes es relativamente sencillo. Estos son los pasos que tienes que seguir:

  1. Firmar un contrato donde se recojan las aportaciones y porcentaje de participación de las ganancias y pérdidas de cada comunero. Aquí debes incluir la denominación social de la comunidad de bienes, o lo que es lo mismo, su nombre oficial. En caso de que alguno de los socios aporte bienes inmuebles o derechos reales, la escritura debe hacerse ante notario.
  2. Solicitar el NIF provisional a través del modelo 036.
  3. Liquidar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos (ITP y AJD): aunque está exenta de pago, hay que presentar el modelo 600 en las consejerías de Hacienda de cada Comunidad Autónoma. Cuentas con un plazo de 30 días desde la firma del contrato o escritura pública.
  4. Inscribir la comunidad en el registro mercantil provincial, solo en los casos en los que se aporten bienes inmuebles o derechos reales.
  5. Alta en el censo de empresarios y profesionales retenedores de la Agencia Tributaria, tanto de la comunidad de bienes como de los socios. Este trámite se realiza a través del modelo 036. 
  6. Solicitar el NIF definitivo a través del modelo 036. 
  7. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Debes hacer este trámite en los 60 días antes de iniciar la actividad.

¿Quieres crear una comunidad de bienes más rápido?

La primera opción es hacerlo online a través del Punto PAE y cumplimentar el DUE que simplifica el proceso de constitución. 

La segunda opción es ponerte en manos de un asesor experto que se encargue de hacer todos los trámites por ti. Suena bien, ¿eh? Si quieres empezar a crear tu comunidad de bienes, escribe al chat para conocer los detalles 😉.

Ejemplo de comunidad de bienes

Laura y Marta, dos diseñadoras gráficas autónomas, compran juntas un pequeño estudio y dos ordenadores. Para dejar claro que el local y el equipo les pertenecen al 50 %, firman un contrato y registran una comunidad de bienes.

Qué hace la comunidad de bienes:

  • Posee el estudio y los ordenadores.
  • Si un tercero alquila el estudio por horas, la la comunidad emite esa factura y liquida el IVA. Ese ingreso y los gastos comunes de luz o reparaciones se reparten al 50 %.

Qué no hace la comunidad de bienes:

  • No firma proyectos de branding ni cobra a los clientes de Laura o Marta. Cada diseñadora sigue facturando lo suyo con su propio NIF de autónoma.

Comunidad de bienes: ventajas y desventajas

Ventajas ✅Desventajas ❌
Fácil y rápida de constituir. No requiere trámites complejos.Responsabilidad ilimitada. Los socios responden con su patrimonio en caso de deudas.
No se necesita un capital mínimo para crearla.No puedes ser socio si solo aportas dinero o trabajo, debes aportar algún bien.
Gestión sencilla. Los comuneros deciden el reparto de tareas y beneficios.No tiene personalidad jurídica propia. Muchas gestiones deben ir a nombre de los socios, no de la comunidad.
Ideal para proyectos pequeños o familiares y colaborar entre autónomos.No es una opción adecuada para crecer o tener inversores. 

Disolución de una comunidad de bienes

Las comunidades de bienes pueden disolverse por muchos motivos: porque se ha alcanzado el plazo previsto en el contrato, porque un socio ha adquirido todos los bienes compartidos, porque las participaciones pasan a un tercero, etc. Cualquiera que sea el motivo, los pasos para disolver la comunidad son:

  1. Liquidación de deudas: es obligatorio saldar todas las deudas públicas y privadas. Los socios responden con el patrimonio de la comunidad y con el suyo propio si fuera necesario.
  2. Reparto de bienes: una vez pagadas las deudas, se reparten los bienes restantes entre los socios.
  3. Contrato de disolución: se firma un contrato privado que recoge los motivos de la disolución y el reparto pactado. Si hay inmuebles o derechos reales de por medio, el contrato debe hacerse ante notario (escritura pública).
  4. Liquidación de impuestos: se debe presentar el modelo 600 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD). El tipo aplicable es del 1 % sobre lo repartido.
  5. Baja en Hacienda: baja del censo de empresarios, profesionales y retenedores a través del modelo 036.
  6. Baja en la Seguridad Social: los socios comuneros deben darse de baja del RETA.
  7. Comunicación de cese de actividad: si la comunidad estaba inscrita en algún registro específico (por ejemplo, de residuos, industria o electrónica), hay que comunicar también el cese de actividad.

¿Puedes tener una comunidad de bienes sin ser autónomo?

No todos los socios de una comunidad de bienes están obligados a darse de alta como autónomos, pero sí lo están quienes participan activamente en la actividad económica de la comunidad:

  • Si un socio trabaja en el negocio, presta servicios o interviene en la gestión, debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Si no participa en la actividad, no tiene obligación de cotizar como autónomo. Esto se aplica, por ejemplo, a comuneros que solo aportan bienes y no desempeñan funciones dentro de la comunidad. Pero no pagar cuota de autónomos no te libra de tributar por las ganancias. 

Eso sí, no olvides que no se puede formar una comunidad de bienes solo con dinero o con trabajo. Es obligatorio aportar bienes concretos como un local, maquinaria o herramientas.

¡Ey!, ahora que ya conoces todo sobre una comunidad de bienes: ventajas y desventajas, fiscalidad, trámites… ¿Te ayudamos a montar la tuya? Si necesitas que te echen una mano aquí nos tienes. Deja que un asesor se encargue de tus impuestos y papeleo. Ya sabes, solo tienes que escribir al chat para resolver tus dudas y empezar a montar tu comunidad de bienes. ¡Facilísimo!

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