Te ayudamos en la constitución, presentamos impuestos y nos ocupamos de los trámites Más información
Si estás pensando en emprender, crear una sociedad civil puede ser una opción interesante. No son tan conocidas como otros tipos de empresas, pero tienen sus ventajas. Básicamente, son lo más parecido a acuerdos entre colegas para montar un negocio juntos. Eso sí, no están exentas de ciertos trámites y responsabilidades. Te contamos todo lo que necesitas saber sobre una Sociedad Civil.
El Pack Empresas de TaxScouts es todo lo que necesitas para gestionar tu Sociedad Civil. Impuestos, legalización de libros, depósito de cuentas… todos los trámites que te imagines y alguno más ¡En unos pocos clics un asesor se encarga de todo!
La Sociedad Civil es un contrato de colaboración entre dos personas o más que ponen dinero en común con el propósito de repartir entre sí las ganancias. O sea, es un acuerdo entre emprendedores para poner en marcha un negocio juntos.
El capital de una Sociedad Civil está formado por las aportaciones de los socios. Se puede contribuir de diversas maneras: con dinero, trabajo, servicios, etc. Según la forma de colaborar se distinguen dos tipos de socios:
En general, este tipo de sociedades no tienen personalidad jurídica propia, es decir, que no hay una separación entre la empresa y los propietarios. Esto significa que los socios capitalistas comparten tanto las ganancias como las pérdidas. Ojito, elige bien a tus socios porque si algo sale mal todos responden con su patrimonio personal ante las posibles deudas.
Ya hemos visto que las sociedades civiles no suelen tener personalidad jurídica, pero hay excepciones. Según la Agencia Tributaria tendrán personalidad jurídica si los pactos entre socios no son secretos. Así lo recoge el artículo 1.669 del Código Civil. En otras palabras, se requiere la voluntad de actuar ante terceros como una entidad. Si la constitución de la empresa no se eleva a público, es decir, no se acude a un notario para que certifique su constitución, se considera que el pacto es secreto y no tendría personalidad jurídica.
Si te ha surgido esta pequeña duda después de tanta información aquí te la resolvemos. Las sociedades civiles y mercantiles tienen un tipo de constitución y régimen jurídico diferente. Las mercantiles se regulan por la Ley de Sociedades de Capital mientras que las civiles lo hacen por el Código Civil.
Además, el tipo de responsabilidad también es diferente. En las mercantiles se limita al capital aportado mientras que en las sociedades civiles es ilimitada.
Existen diferentes tipos de Sociedad Civil que se adaptan a diferentes circunstancias:
¿Qué características tienen este tipo de sociedades? Te contamos los puntos más importantes sobre las sociedades civiles:
Para ayudarte a elegir la mejor opción para crear tu empresa te contamos las ventajas y desventajas de tener una Sociedad Civil.
Las Sociedades Civiles solo tributan en el Impuesto de Sociedades si tienen objeto mercantil, es decir, si realizan una actividad económica.
Si hablamos de una Sociedad Civil sin objeto mercantil las ganancias se atribuyen a los socios y deberán pagar sus impuestos de forma individual según su situación fiscal. O sea, tendrán que tributar en el IRPF o Impuesto sobre la Renta de no Residentes. En caso de que el socio sea una persona jurídica, es decir, una empresa, debe tributar en el Impuesto de Sociedades.
Si después de saber qué es una sociedad civil y conocer sus características básicas te cuadra como estructura de negocio, te explicamos los trámites que tienes que hacer para crearla.
Recuerda, la sociedad civil es un contrato entre dos o más personas. Por lo tanto, para constituir este tipo de entidad tienes que redactar un contrato público o privado junto con tus socios.
Si los socios aportan bienes inmuebles o derechos reales es obligatorio hacer un contrato público ante notario. Este tipo de bienes son aquellas propiedades que no se pueden mover como puede ser un terreno o casa.
Si los socios no participan con bienes inmuebles tienen que realizar un contrato privado. Dentro del documento se detallan el tipo de aportaciones y porcentaje de participación de cada uno de los socios en las pérdidas y ganancias.
Una vez realizado el contrato todos los socios deben darse de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y solicitar el NIF definitivo.
También puedes crear una Sociedad Civil de forma telemática a través del CIRCE. Sin embargo, esta opción solo está disponible en algunas Comunidades Autónomas. Si tienes la suerte de poder realizarlo por internet tendrás que cumplimentar el DUE o Documento Único Electrónico.
Te libramos de (casi) todo el marrón fiscal. Te asignamos un asesor personal que te aconsejará con tu empresa.
Déjanos tu contacto y te mandaremos noticias, recordatorios o algún consejo sobre el tema que más te interese. No te asustes, solo lo haremos de vez en cuando.
O consulta nuestras Guías, Calculadoras o Diccionario