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La declaración de la renta es la liquidación anual del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Se comunican a Hacienda todos los ingresos que se han obtenido durante el año y se calcula la cantidad de impuesto que hay que pagar.
Estos ingresos pueden ser rentas del trabajo, rentas de alquileres, dividendos y demás. En muchos casos se van reteniendo cantidades a cuenta del IRPF. Es decir, de la cantidad a cobrar, por ejemplo, en la nómina, se resta una cantidad y se ingresa a Hacienda durante el año.
En el momento de declaración de la renta se hace la diferencia entre el IRPF que habría que pagar y el que ya se ha pagado y se restan deducciones por conceptos como vivir con hijos menores de 25 años, con padres o abuelos, por alquiler de vivienda o por ser familia numerosa, entre otros. La resta del IRPF a pagar menos las deducciones es el resultado de la declaración, que puede ser:
La obligación de presentar o no la declaración de la renta depende de los ingresos que se obtengan del trabajo y del número de pagadores. Es obligatorio presentar la declaración de la renta en los siguientes casos:
Ten en cuenta que estas son cantidades brutas, es decir, antes de descontar la cotización a la Seguridad Social y las retenciones de IRPF.
Aunque por tus ingresos no sea obligatorio presentar la declaración de la renta, es recomendable revisar el borrador y las posibles deducciones aplicables, y en función del resultado, presentarla o no.
El plazo para presentar la declaración de la renta empieza el 6 de abril y termina el 30 de junio.
La declaración de la renta se hace el año siguiente al que se declara. O sea, la declaración de la renta de este año se hará entre abril y junio del año que viene.
Partiendo de los datos que le constan, Hacienda proporciona el borrador de la declaración de la renta. Este es el punto de partida para presentar la declaración, pero siempre hay que revisar que la información es correcta y que se han incluido todas las deducciones a las que tienes derecho.
Hay varias formas de acceder al borrador y presentar la declaración:
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