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Deducciones autonómicas en Madrid

  • Léelo en 14 min
  • Guía actualizada el 17/04/2024

Madrileño, madrileña, esto te interesa. ¿O es que ya sabes cuáles son las deducciones autonómicas en Madrid para tu renta? Suponemos que si estás leyendo esta guía es que no, así que venga, vamos a ponerle solución.

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¿Qué son las deducciones autonómicas en Madrid?

Vamos a ir despacito y con buena letra. Las deducciones autonómicas en Madrid son beneficios fiscales (descuentos en tus impuestos, vaya) aplicados sobre el IRPF que esta autonomía ofrece a los contribuyentes (a la gente que tiene que pagar impuestos, ahá) a la hora de hacer su declaración de la renta. 

Pero, si la declaración de la renta la hace toda España, ¿por qué existen deducciones de IRPF específicas en Madrid, por ejemplo? Pues pasa que los impuestos a pagar en la renta se dividen: una parte la cobra el estado y otra cada comunidad. Para poder disfrutar de estas deducciones, tienes que haber residido durante el año anterior en ese territorio y además cumplir ciertos requisitos. En TaxScouts te contamos las deducciones autonómicas que existen en Madrid para tu renta de este año. ¡Al lío!

Deducción por nacimiento o adopción nacional

Si has tenido o adoptado un bebé, que sepas que puedes deducirte 721,70€ en la declaración de la renta por ello (si son gemelos, trillizos y demás partos múltiples, serán 721,70€ por cada uno). Además, podrás aplicarte esta deducción cada año, durante los tres primeros años de vida del bebé.

Para poder aplicarte esta deducción, tienes que convivir con tu hijo, hija, hijos o hijas (es decir, tener el mismo domicilio fiscal). Pero además tus bases imponibles tienen que ser  menores que 30.930€ (o de 37.322,20€ si haces la renta conjunta). Al igual que la suma de las bases imponibles de la unidad familiar debe ser menor de 61.860€. 

¡Ah! Y que sepas que si haces la declaración de la renta individual, los 721,70€ se dividirán entre los dos progenitores.

Deducción por adopción internacional

Si te ha quedado claro el punto anterior, este va a ser chupado. Igualito, 721,70€ deducibles por cada hijo internacional adoptado. Con exactamente los mismos requisitos económicos que el anterior caso. 

Tendrás que certificar, eso sí, que la adopción efectivamente es internacional. La buena noticia es que esta deducción es perfectamente compatible con la deducción anterior. ¿Ves que fácil?

Deducción por acoger a menores

Madre busca deducciones de Madrid en 2023 para aplicárselas por su hija

Si has acogido a uno o más menores y habéis convivido durante más de 183 días, es decir, la mitad del año (quédate con este número porque se repetirá mucho), podrás aplicarte la deducción por acogimiento de menores. Dependiendo del número de menores que tengas acogidos, la cantidad será más o menos:

  • 618,60€ por un menor.
  • 773,25€ por el segundo.
  • 927,90€ por el tercero (y demás).

Como siempre, la suma de las bases imponibles no deberá superar los  26.414,22€ en la declaración individual y los 37.322,20€ en la conjunta y se divide la deducción entre la pareja. ¿Lo bueno? Que el acogimiento puede ser de cualquier tipo, ¿lo malo? Que esta ayuda no es compatible con la del nacimiento.

Deducción por acoger a mayores o personas discapacitadas

Y vamos ya con la quinta estación, digo, deducción. Oficialmente se le llama deducción por acogimiento no remunerado de mayores de 65 o personas con discapacidad.

Básicamente, la Comunidad de Madrid te permite deducir 1.546,50€ en la base imponible de tu declaración de la renta por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad de más del 33% a la que hayas acogido durante más de 183 días (medio año). Importantísimo, sólo puedes optar a esta deducción si:

  • No estás recibiendo alguna otra ayuda o subvención de la Comunidad de Madrid por el mismo motivo (para lo que necesitas un certificado de la Consejería competente.
  • La persona acogida no puede ser familiar tuyo.

Los requisitos económicos son, al igual que las otras, no superar los 26.414,22€ en la declaración individual y los 37.322,20€ en la declaración de la renta conjunta. 

¿Tanta deducción te complica la renta?😥

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Deducción por cuidado de ascendientes

Muy fácil: 515,50€ de deducción por cada ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33% que hayas cuidado. Es importante recalcar que la persona dependiente ha tenido que convivir contigo al menos la mitad del año para optar a esta deducción, y también tiene que cumplir el resto de requisitos que se aplican en el mínimo por ascendientes.

Deducción por hijos menores de tres años, dependientes y personas con discapacidad

Aquí viene otra de las deducciones autonómicas en Madrid, y esta es algo enrevesada. Para empezar, para optar a esta deducción tienes que tener contratada una persona empleada del hogar, porque será de los pagos de su Seguridad Social de donde saldrá el porcentaje que tú te puedes deducir. 

Es obligatorio también que el empleado esté contratado, como mínimo, 40 horas mensuales y por supuesto, que esté dado de alta y regulado. Si no tienes a nadie contratado que trabaje para ti cuidando de la casa con estas condiciones, ya puedes pasar a leerte la siguiente deducción.

Ahora bien, si tienes a alguien trabajando en casa para ti, te puedes deducir el 25% de las cuotas ingresadas a la Seguridad Social, con un límite máximo de 463,95€. Si sois familia numerosa, el porcentaje es el 40% y el límite son 618,60€.

¡Pero hay un requisito más! Los padres y madres de la casa deben haber cotizado al menos 183 días. De nuevo, la suma de las bases imponibles (general y del ahorro) no puede ser más que el número de miembros de la familia multiplicado por 30.930 (si sois 4 miembros en la familia, sería multiplicar 30.930 x 4 y que esa cantidad sea menor a la suma de las bases imponibles de la unidad familiar).

Mujer calcula su deducción en Madrid en 2023

Deducción para familias con ingresos reducidos y dos o más hijos

Primero de todo, ¿qué significa ingresos reducidos? Pues que la suma de las bases imponibles de la unidad familiar (es decir, de todos los que trabajan o cotizan con pensiones en la casa) no supere los 24.744€. Además es necesario tener dos o más hijos para poder solicitar esta deducción.

¿Cumples estos requisitos? Genial, porque te podrás deducir el 10% de la cuota íntegra autonómica final (vamos, lo que tendrás que pagar de impuestos a tu Comunidad después de todas las reducciones). 

Básicamente, esta cantidad se resta a la cuota íntegra autonómica que tenías, por lo que tienes que pagar un 10% menos de lo que te tocaría pagar en realidad.

Deducción por la obtención de la condición de familia numerosa de categoría general o especial

Agárrate, que esta es una deducción golosa. Si tienes 3 o más hijos, o consigues la categoría de familia numerosa siendo una familia monoparental, puedes descontar el 50% de la cuota íntegra autonómica. Básicamente, lo que significa esto es que, de la parte autonómica que te corresponde pagar de IRPF, puedes disminuir el 50% de la cuota, pagando únicamente la mitad (más el 100% de la cuota estatal). Si no te has entendido con esto de la cuota íntegra, echa un vistazo a nuestro diccionario de la renta

Los límites máximos que vas a poder deducir son:

  • 6.186€ en tributación individual
  • 12.372€ en tributación conjunta

Esto no termina aquí. Para familias que consigan la categoría especial (5 hijos o más), la deducción será del 100%. ¡No pagas cuota autonómica! Los límites en este caso son: 

  • 2.372 euros en tributación individual
  • 24.744 euros en tributación conjunta

Es decir, que si tu cuota íntegra autonómica es mayor a esas cantidades, tendrás que pagar la diferencia.

¿Estás que te explota el cerebro con tanto lenguaje de impuestos? Pues no hace falta que sigas leyendo. Un asesor fiscal de nuestro equipo puede presentar tu declaración de la renta online. Tú solo tienes que rellenar tus datos, hacer un par de clics y ya. Y tu asesor, sí o sí, se encarga de aplicarte todas las deducciones posibles: las deducciones autonómicas en Madrid y también las estatales. ¡Por solo 69,90€!

Deducción por gastos educativos

Papis, mamis esta va para vosotros, luchadores. Quizá haya algo que os podáis ahorrar con las deducciones en gastos educativos de Madrid. 

  • En los casos de estudiantes de infantil, podéis deducir el 15% de los gastos de escolaridad. Con un límite de 1.031€ por hijo o hija. Ahora, si el hijo o hija está en primaria, secundaria o formación profesional, el máximo será de 927,90€ por hijo o hija.
  • Os podéis deducir el 15% de lo que hayáis pagado por las clases de idiomas, hasta un máximo de 412,40€.
  • Si habéis comprado uniformes para el cole, la deducción es de un 5% de lo que hayáis gastado. Con un máximo de 412,40€ por hijo o hija.

¡Ojito! Otro límite, esta vez algo diferente: la suma de las bases imponibles no puede superar el resultado de multiplicar por 30.930 el número de miembros de la unidad familiar. Además, los hijos tienen que vivir con vosotros y cumplir los requisitos para obtener el mínimo por descendientes.

Deducción por arrendamiento de la vivienda habitual

Una de las deducciones más comunes en Madrid: la deducción autonómica del alquiler. Existen varios requisitos a cumplir para desgravarse el alquiler en Madrid.

  • Ser menor de 35 años. O bien tener entre 35 y 40 años, haber estado sin trabajo durante el año y tener 2 o más familiares a tu cargo. Aquí entran tanto hijos como padres y abuelos.
  • Tener un total de base imponible (la general + la del ahorro) inferior a 26.414,22€ en declaración individual o 37.322,20€ en la conjunta.
  • Tener una base imponible de unidad familiar inferior a 61.860€. 
  • El gasto anual del alquiler debe ser más del 20% de la suma de las bases imponibles del contribuyente. Vamos, que si la suma de tus bases es de 30.000€, tienes que gastarte (al menos) 6.000€ anuales en alquiler.
  • Tener una copia del resguardo de la fianza madrileña (o una denuncia de que no se ha recibido la copia). ¡Te va a tocar pedirlo!

Si cumples estos requisitos, puedes restar el 30% de tu alquiler anual hasta un tope de 1.237,20€ a la base imponible de tu IRPF. Esto significa que, si el 30% del total de tu alquiler anual son más de 1.237,20€, sólo podrás deducirte esa cantidad.

Deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos

Las nuevas criaturillas llegan a este mundo, pero hay un problema: ya no cabéis todos en casa. Es hora de buscar un nuevo hogar. Bien, pues en Madrid, podéis deducir el 10% del precio de vuestra nueva vivienda en la renta.

En el precio puedes meter todos los gastos asociados: el precio del inmueble, los gastos de notaría, otros gastos asociados, impuestos… ¡Todo! Lo que no puedes incluir son los intereses de la hipoteca, ya que no cuentan como precio de la vivienda.

Como siempre, hay algunos requisitos que cumplir:

  • Que la vivienda sea la vivienda habitual de la unidad familiar.
  • Que hayas comprado la casa a partir de 1 de enero de 2023.
  • Debes adquirirla en los tres años siguientes desde el nacimiento o adopción de un hijo y habitarla en el plazo de 12 meses desde la compra.
  • Que la suma de la base imponible general y del ahorro de todos los miembros de la familia no supere la cantidad correspondiente a multiplicar por 30.930 el número de miembros de dicha unidad familiar. Si sois 4 (dos papás y dos niños) la suma de los ingresos de los papás no podría superar los 123.720 (39.930 x 4).

Claro que, el 10% del valor total de la vivienda es mucho dinero, así que no esperes deducir toda esa cantidad en un solo año: el importe de esta deducción se prorrateará en 10, empezando el año de la adquisición de la casa y siguiendo en los 9 años siguientes. En ningún caso la deducción anual podrá superar los 1.546,50€.

Deducción por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de treinta años

Mujer considera si puede deducirse sus inversiones en el mercado bursátil

Se nota que Madrid se ha puesto las pilas con esto de la vivienda, ¿no? No es para menos, el mercado inmobiliario no está atravesando su mejor momento, al menos para los compradores. Por eso, si has conseguido ahorrar lo suficiente como para comprar una casa en la comunidad autónoma, puedes deducir el 20% de los intereses de la hipoteca.

Para que esta deducción se aplique, la vivienda tiene que ser tu vivienda habitual, la formalización del préstamo ha tenido que producirse a partir del 1 de enero de 2023 y tienes que tener menos de 30 años.

Si cumples estos requisitos, podrás deducir hasta un límite máximo de 1.031€.

Deducción por gastos derivados del arrendamiento de viviendas

En Madrid también quieren fomentar que la gente alquile las viviendas vacías, y por eso, los arrendatarios pueden deducir el 10% de los siguientes gastos:

  • Gastos de reparación y conservación.
  • Gastos de formalización de contratos de arrendamiento.
  • Primas de seguros por daños e impagos.
  • Obtención de certificados de eficiencia energética.

El límite máximo de deducción es de 154,65€, tanto en tributación individual como en conjunta y con independencia del número de inmuebles arrendados.

¡Importante!

No es necesario que la vivienda estuviera alquilada en el momento en el que se produzcan los gastos, se podrán deducir igualmente.

Deducción por donativos a fundaciones y clubes deportivos

Si donas dinerito a las fundaciones y clubes que están en el registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid o clubes  deportivos básicos y elementales de la Comunidad de Madrid, entonces te podrás deducir un 15% de la donación en la declaración de la renta. 

Pero, spoiler, hay límites. En este caso es que el total que se puede deducir no debe ser mayor al 10% de la base liquidable del IRPF.

Deducción por la adquisición de acciones y participaciones en entidades de nueva creación

De entrada, aclaramos que se consideran de nueva creación todas las empresas que tienen menos de tres años. Dicho esto, la deducción cambia según el tipo de empresa donde hayas invertido:

  • Si es una S.A. o una S.L. podrás deducirte el 40% de la inversión. Con un máximo de 9.279€.
  • Si es una Sociedad Laboral, una Sociedad Cooperativa, una entidad creada por una universidad o un centro de investigación, podrás deducirte el 50% de la inversión. Con límite de 12.372€.

Y ahora, los famosos requisitos:

  • La empresa tiene que tener su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid y, al menos, un trabajador.
  • Tienes que mantener las acciones o participaciones que hayas comprado, por lo menos, tres años. Así pues, para la declaración de la renta de 2022, tienes que haber invertido en abril de 2019 o antes.
  • Tienes que tener menos del 40% del capital social de la empresa.
Autónoma se alegra por ver todas las deducciones en Madrid de 2022

Deducción por inversiones en el Mercado alternativo Bursátil

El Mercado alternativo Bursátil (MaB) es, dicho de la forma más simple posible, la bolsa de las PYMEs españolas. Sirve para encontrar inversores y poder crecer. Si has invertido en alguna empresa que cotice en el MaB, podrás deducirte el 20% de la cantidad que hayas invertido de tu IRPF (con un máximo de 10.310€). Aquí van los requisitos:

  • Tienes que mantener las acciones o participaciones durante al menos dos años.
  • Tus acciones no pueden superar el 10% del capital social de la empresa durante los dos primeros años de tu adquisición.
  • La empresa en que inviertas tiene que tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid durante un mínimo de dos años tras la inversión.
  • No puede ser una empresa de gestión o inversión en patrimonio inmobiliario o mobiliario (compraventa de propiedades, vaya).

Como imaginarás, esta deducción no es compatible con la deducción anterior de empresas de nueva creación. 

Deducción por autoempleo para menores de 35

Una para los jóvenes emprendedores. Está pensada para personas menores de 35 años o menos, como bien dice su nombre. Realmente solo tiene dos requisitos: que realices tu actividad en la Comunidad de Madrid y que te mantengas en el censo de autónomos durante un año (como mínimo).

Si es tu caso, podrás deducir 1.031€ de la base imponible en tu declaración de la renta y, como siempre, pagar algo menos de impuestos. 

Si te apetece deducirte estos 1.031€, darte de alta como autónomo o aplicarte alguna otra, confía en un buen asesor fiscal profesional que se encargue del tema. Así no tendrás que gastarte el dinero que te deduces en miles de hojas de papel.

Deducción por pago de intereses de préstamos a estudios de Grado, Máster y Doctorado

Superfan del club de su barrio busca si se puede deducir la donación que les hizo

Vamos llegando al final de las deducciones autonómicas en Madrid y lo hacemos con esta, una deducción para los más eruditos. Si has tenido que hipotecarte para estudiar un Grado, Máster o Doctorado, puedes deducir el total de los intereses generados.

Y no solo sirve para quienes cursen los estudios. Si has pedido un préstamo para financiar los estudios de tu hijo o pareja, también entras en la deducción. 

El único requisito en esta deducción es que, en tu préstamo, se haya constatado la finalidad del dinero, es decir, que se haya dejado constancia con la entidad bancaria que ese dinero se utilizaría para financiar los estudios. 

Como ves, hay muchas opciones para ahorrar más en tu declaración de la renta, pero es importante conocer bien estas oportunidades y sobre todo, presentar todo correctamente. Si necesitas ayuda para hacer la declaración de la renta de este año, te asignamos un asesor personal experto en la renta por un precio fijo de 69,90€.

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