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Estas son todas las deducciones autonómicas en Galicia

  • Léelo en 12 min
  • Guía actualizada el 21/03/2024

¿Sabías que en Galicia hay deducciones autonómicas por invertir en empresas agrarias, por reducir el consumo energético de tu casa o por ser deportista de alto nivel?

Estas son solo algunas de las muchas deducciones autonómicas que hay en la comunidad. Échales un ojo y aplícate las que correspondan para ahorrar un dinero en impuestos. Amiguiños si, pero a vaquiña polo que vale. Así dicen por allí y así es.

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Deducciones autonómicas en Galicia: una introducción

Las deducciones autonómicas son un descuento que cada autonomía aplica sobre los impuestos que tienen que pagar los contribuyentes. Una rebajita, vaya. Este descuento se aplica sobre la cuota íntegra del IRPF: el total de impuestos que tienes que pagar en la declaración de la renta. 

Una de las principales novedades fiscales para la renta de los gallegos de este año es la reducción del tramo autonómico más bajo del IRPF, que pasa del 9,4% al 9%. Este cambio tan pequeño a priori supondrá que los contribuyentes de la región ahorren un promedio de 476€ en sus rentas. ¿Qué dices ahora, seguimos?

Según la autonomía hay unas deducciones u otras. Las deducciones autonómicas en Galicia se aplican, por ejemplo,  si tienes familia numerosa o te sirven desgravar el alquiler de la vivienda. También las hay más específicas, como la deducción por las pérdidas que provocaron los incendios de 2017 o aquella que compensa las pérdidas por la explosión de 2018 en Tui. 

Ojo porque para beneficiarte de estas deducciones autonómicas en Galicia, tienes que haber residido en territorio gallego un mínimo de 183 días (medio año). Ahora sí que sí, ¡empezamos!

Deducción por nacimiento o adopción de hijos

Por cada hijo nacido o adoptado y que conviva contigo durante el año, tienes derecho a aplicar una deducción en función de tu base imponible total:

  • Si tu base es inferior a 22.000€ anuales, te puedes deducir 360€ por el primer hijo, 1.200€ por el segundo y 2.400€ por el tercero y los siguientes. 
  • Si tu base imponible supera los 22.000€, tu deducción será de 300€ por cada hijo, y 360€ en caso de parto múltiple. 

Esto no es todo. Estas cantidades aumentan un 20% si resides en un municipio con menos de 5.000 habitantes. Y se duplican en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. 

Si ambos progenitores viven con el bebé, la deducción se divide a partes iguales para las rentas de cada uno. 

Lo mejor es que esta deducción te la podrás aplicar durante los dos años siguientes al nacimiento u adopción del bebé. Pd: ¡enhorabuena!

Deducción para familias con 2 hijos o hijas

Puedes optar a una deducción de 250€ en tu renta si tienes 2 hijos o dos menores a cargo. Además, si tú o alguno de los descendientes tenéis un grado de discapacidad del 65% o superior, la deducción asciende a 500€.

¡Ojo! Estas cuantías son la deducción total, no son 250€ por hijo. 

Deducción por familia numerosa en Galicia

Para todas aquellas familias que tengan tres o más hijos, primero: paciencia. Segundo: aquí tienes las deducciones autonómicas por familia numerosa que puedes aplicarte si vives en Galicia. 

Si tienes una familia numerosa de categoría general (con tres o cuatro hijos) puedes deducir 250€ de tu cuota. Y 400€ es lo que se deducen aquellas familias de categoría especial (cinco o más).

¡Novedad!

Para la renta, Galicia también considera a efectos fiscales como familia numerosa a las familias de una sola madre o padre con dos hijos. Esta comunidad es la primera en aplicar esta variación en la deducción por familia numerosa y permitirá a las familias deducirse 250€ en el IRPF.

Esos importes aumentan cuando alguno de los cónyuges o hijos tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%: 500€ para familias de categoría general y 800€ para familias de categoría especial. 

Eso sí, hay unos requisitos:

  • El contribuyente tiene que poseer el título de familia numerosa.
  • La deducción se aplica solo para el contribuyente que conviva con los miembros de la familia.
  • Si los hijos conviven con más de un contribuyente en la misma casa, el importe de la deducción se divide a partes iguales entre las rentas de ambos.
mujer con su hija miran ordenador

¿Tanta deducción te complica la renta?😥

No te líes y pide ayuda a una gestoría online experta en el tema y en declaraciones complicadas. 

Deducción por acogimiento de menores

Todas aquellas familias que decidan acoger a un menor, ya sea permanente o por un tiempo, tienen derecho a una deducción de 150€, si han vivido con el menor entre 90 y 183 días. La deducción es de 300€ si el periodo de convivencia con el menor supera este tiempo. 

Cuidadín con los requisitos:

  • No cuenta el acogimiento familiar preadoptivo, o sea, cuando acoges a un menor antes de hacer el proceso de adopción.
  • El proceso de acogida se tiene que formalizar a través de la Xunta de Galicia.
  • En el caso de que un matrimonio o una pareja de hecho acoja a un menor, el importe de esta deducción se divide entre ambos a partes iguales en la declaración de cada uno (si deciden hacer rentas individuales).

Deducción por cuidado de hijos menores

Todas aquellas familias gallegas que no den abasto y necesiten dejar a sus hijos al cuidado de una persona empleada del hogar o en una escuela infantil tienen derecho a una deducción del 30% del total de ese gasto. El límite máximo de esta deducción es de 400€, o 600€, si tienes dos o más hijos.

Aquí tienes los requisitos que tienes que cumplir para aplicarte esta deducción:

  • Que los hijos tengan tres años o menos. 
  • Que ambos padres trabajen, ya sea por cuenta propia como autónomos o por cuenta ajena. 
  • Que cuando la deducción sea por los gastos de una persona empleada en el hogar, esta esté dada de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar.
  • Que la suma de las bases imponibles no superen los 22.000€, en la renta individual, o los 31.000€ en rentas conjuntas. 
  • Cuando más de un contribuyente tenga derecho a esta deducción, ésta se divide entre los dos a partes iguales en su declaración de la renta.

Deducción por contribuyentes con discapacidad, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda de terceras personas

Los contribuyentes mayores de 65 años y con una discapacidad reconocida igual o superior al 65% pueden deducirse el 10% de los gastos de su persona cuidadora, con un límite máximo de hasta 600€.

Ten en cuenta que:

  • La discapacidad tiene que estar aprobada judicialmente. Aunque la discapacidad no sea del 65%, También pueden incluirse los casos en los que haya dependencia severa y gran dependencia. 
  •  Tendrán que acreditar la necesidad de la ayuda de esta persona.
  • El contribuyente no debe ser usuario de residencias públicas o concertadas de la Comunidad de Galicia. 
  • La suma de las bases imponibles no puede superar los 22.000€, en la renta individual, o los 31.000€ en rentas conjuntas. 

Deducción por alquiler de la vivienda habitual en Galicia

Tanto si acabas de llegar a Galicia como si no, que sepas que puedes deducir el 10% de lo que pagas por el alquiler de tu piso, casa o palloza, con un límite de hasta 300€ a deducir.

Además, si tienes dos o más hijos menores de edad y estos viven contigo, puedes deducir el 20% de este gasto hasta un máximo de 600€. Y todavía hay más: si tienes un grado de discapacidad igual o superior al 33%, estas cantidades se duplican. 

Repasa bien los requisitos antes de solicitar esta deducción por alquiler en Galicia:

  • Debes tener 35 años o menos.
  • La fecha del contrato de alquiler tiene que ser posterior al 1 de enero de 2003.
  • El arrendador debe depositar la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
  • La suma de las bases imponibles y del ahorro no puede superar los 22.000€, tanto en rentas individuales como conjuntas.
  • Si dos contribuyentes tienen derecho a esta deducción, el importe total se divide entre ambos en la renta individual de cada uno.

Deducción por gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos

La digitalización ha llegado a todos los rincones de España. Por ello, te puedes deducir el 30% del gasto de contratar tu línea de Internet de alta velocidad en Galicia y de las cuotas mensuales por tener contratado este servicio, con un máximo en la deducción de 100€.

Los requisitos son estos:

  • Esta deducción solo puede aplicarse en el ejercicio en que se haga el contrato de Internet de alta velocidad.
  • La línea de Internet tiene que ser de uso exclusivo para el hogar. No puede estar vinculada a ninguna actividad profesional ni empresa. 
  • Tienen que dartela factura, te la van a pedir.

Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación

Si te has tirado a la piscina de las inversiones empresariales, que sepas que hay una deducción autonómica en Galicia del 30% de lo que hayas invertido en empresas de nueva creación, con un límite a deducir de hasta 6.000€. No está nada mal.

Pero, espera, que esto no se acaba aquí. El porcentaje a deducir puede aumentar al 45% y a un límite de 9.000€ cuando:

  • Inviertas en una sociedad acreditada como pequeña y mediana empresa innovadora.
  • La inversión se destina a una sociedad promotora de un proyecto empresarial considerado como una iniciativa de empleo de base tecnológica. 
  • Se trate de sociedades participadas por universidades u organismos de investigación.

Eso sí, ten en cuenta que tienes que cumplir lo siguiente

  • El contribuyente no podrá poseer más del 40% del capital social de la empresa. Tampoco puede tener una participación inferior al 1%. Un claro caso de ni tanto ni tan calvo.
  • La empresa tiene que tener su domicilio fiscal y social en Galicia, y debe mantenerlo durante tres años.
  • La empresa debe contar, como mínimo, con una persona contratada a jornada completa y con residencia habitual en Galicia. 
  • Tienes que mantener las participaciones que has obtenido con la inversión durante, como mínimo, tres años.

¡Atención! Esta deducción es incompatible con las siguientes:

  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación.
  • Deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista.
  • Deducción por inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias
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Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación

Esta deducción se aplica por invertir en una empresa de nueva creación, ya sea a través de la compra de capital social o de un préstamo para financiar su actividad. La cuantía que te puedes deducir es el 30% de la inversión o préstamo, con un límite conjunto de 20.000€. 

El porcentaje a deducir puede aumentar al 45%  y a un límite de 35.000€ cuando:

  • Inviertas en una sociedad acreditada como pequeña y mediana empresa innovadora.
  • La inversión se destina a una sociedad promotora de un proyecto empresarial considerado como una iniciativa de empleo de base tecnológica. 
  • Se trate de sociedades participadas por universidades u organismos de investigación.

A continuación, los requisitos:

  • El contribuyente no puede contar con más del 40% del capital social de la empresa. Su participación tampoco puede ser inferior al 1%. 
  • En caso de préstamo, este nunca puede superar el 40% del patrimonio neto de la empresa, ni tampoco ser menos del 1%.
  • La empresa tiene que tener su domicilio fiscal y social en Galicia, y debe mantenerlo durante tres años.
  • La empresa debe contar, como mínimo, con una persona contratada a jornada completa y con residencia habitual en Galicia. 
  • Tienes que mantener las participaciones que has obtenido con la inversión durante, como mínimo, tres años.

Esta deducción es incompatible con las siguientes:

  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.
  • Deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista.
  • Deducción por inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias.

Deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista

Por invertir en empresas que se encuentren en expansión a través del mercado alternativo bolsista (dirigido a PYMES de Galicia que buscan expandirse), hay una deducción del 15% de la inversión, con un límite máximo de 4.000€ en la deducción.

Esta deducción tiene truco: se divide en partes iguales y se reparte en la renta del año en que realices la inversión, y en los dos siguientes.

Y cuenta con los requisitos siguientes:

  • La participación de la empresa que consigas con esta inversión no puede superar el 10% de su capital social.
  • Tienes que mantener las acciones durante, al menos, tres años.
  • La sociedad en la que inviertas tiene que tener el domicilio social y fiscal en Galicia. 
  • Las operaciones de inversión tienen que formalizarse en escritura pública.

Esta deducción es incompatible con las siguientes:

  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.
  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación
  • Deducción por inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias.

Deducción por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica

Ser una persona generosa tiene su recompensa, al menos en Galicia. Que sepas que puedes deducir el 25% de las cantidades que hayas donado a alguna de estas entidades:

  • Centros de investigación que tengan como objetivo principal el fomento de la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológica de Galicia.
  • Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en investigación y difusión de conocimientos. 

Eso sí, el importe máximo que podrás deducir no puede superar el 10% de tu cuota íntegra. 

¿Llevas mucho mareo encima?

Como ya habrás visto, hay muchas deducciones en Galicia, quizá te sonaba alguna, quizá nunca habías escuchado hablar de todo esto. En cualquier caso, déjate guiar por un asesor fiscal de TaxScouts, somos expertos en resolver dudas y hacer tu declaración de la renta online.

Deducción por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables en la vivienda habitual y destinadas exclusivamente al autoconsumo

Por aportar tu granito contra el cambio climático y sumarte al equipo de las energías renovables, que sepas que hay una deducción autonómica en Galicia para recuperar el 5% de los gastos que hayas hecho en tu vivienda por las instalaciones de este tipo. Se tienen en cuenta los sistemas de generación, de emisión térmica y de captación de la energía. Eso sí, el límite máximo que se puede deducir es de 280€. Ojalá más, pero menos da una piedra. Suponemos.

Ojito con los requisitos:

  • Tienes que registrar la instalación en la Oficina Virtual de Industria.
  • Deberás aportar el presupuesto de la instalación, la factura del instalador y los justificantes de los costes.

Deducción por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos

Si tu vivienda habitual está situada en un centro histórico de un municipio de Galicia, y el año pasado decidiste hacer obras para su rehabilitación, puedes deducir el 15% de los gastos de la obra, con un límite máximo de 9.000€.

Suelta el pico y coge el boli, que hay unos requisitos:

  • La vivienda debe estar oficialmente reconocida dentro de un centro histórico. 
  • Tienes que tener los permisos y las autorizaciones correspondientes. 
  • El objetivo de las obras debe ser el de mejorar la infraestructura, cubierta o fachada de la vivienda.
  • El coste de la obra tiene que ser superior al 25% del precio de compra de la casa.
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Deducción por inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias

Esta deducción permite deducir el 20% de las cantidades que hayas invertido en una empresa de desarrollo agrario, con un límite máximo de 20.000€. Estas inversiones tienen que ir dirigidas a la compra de capital social o préstamo en las siguientes entidades:

  • Sociedades de fomento forestal de montes de Galicia.
  • Entidades agrarias y cooperativas de explotación de la tierra que trabajen en actividades agrarias.
  • Entidades que tengan por objetivo la movilización o recuperación de las tierras agrarias de Galicia. 

Al loro con los requisitos de la deducción:

  • Tienes que mantener esta inversión, así como las garantías constituidas, durante cinco años como mínimo.
  • No puedes ejercer funciones ejecutivas en la empresa ni trabajar en esta, a no ser que sea una sociedad laboral corporativa.

Esta deducción es incompatible con todas estas:

  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación.
  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación.
  • Deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista.

Deducción por determinadas subvenciones y/o ayudas obtenidas a consecuencia de los daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de octubre del año 2017

Para aquellas personas que recibieron una ayuda y/o subvención tras el terrorífico incendio de octubre de 2017, hay una deducción que te permite deducir este ingreso. La cantidad que te podrás deducir varía en función de tus bases de la renta y el tipo medio de gravamen.

Deducción para paliar los daños causados por la explosión de material pirotécnico que tuvo lugar en Tui durante el mes de mayo del 2018

Por un lado, te puedes deducir las cantidades recibidas por ayudas o subvenciones que hayas recibido por la explosión de Tui de 2018. Y por otro, también son deducibles las cantidades invertidas para paliar los daños sufridos y que excedan estas ayudas.

La cantidad que te puedes deducir aquí nunca podrá ser superior a la diferencia entre el coste de los daños sufridos y las cantidades recibidas por ayudas o coberturas de seguros. 

Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares

Si haces una obra en casa con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de tu vivienda en Galicia, puedes deducir el 15% del coste total, con un límite máximo de 9.000€.

Además, también puedes deducir el 100% del coste de los honorarios por justificar el salto de letra en la calificación energética de tu casa, así como las tasas por inscribirte en el registro de Certificados de Eficiencia Energética, con un límite de 150€.

Hay un listado de requisitos (para variar):

  • Las obras tienen que ser en edificios de viviendas o en una vivienda unifamiliar.
  • El objetivo de las obras es considerar una mejora energética, y por ello, tienes que:
    • Tener tu permiso de obra y autorización.
    • Mejorar el comportamiento energético de la vivienda con el fin de reducir la demanda energética o mejorar el rendimiento de las instalaciones.
  • Tendrás que presentar la siguiente documentación:
    • El certificado de eficiencia energética del edificio una vez acaben las obras.
    • Un informe de un técnico competente que justifique el salto de letra conseguido con las mejoras.
    • Las facturas correspondientes a las obras.

Esta deducción es incompatible con la deducción por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables en la vivienda habitual y destinada exclusivamente al autoconsumo. 

Deducción por las ayudas y subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel de Galicia

Todas aquellas personas que practiquen un deporte a alto nivel en Galicia y que reciban una subvención y/o una ayuda por ello, podrán deducir estas cantidades en la declaración de la renta. Si eres de estos y quieres calcular la cantidad que te puedes deducir, tienes que aplicar los tipos medios de gravamen al importe de la subvención en la base liquidable. O puedes dejar que te lo hagamos nosotros, asesores de élite especializados en renta.

Si crees que te puedes aplicar esta deducción, échale un vistazo a los requisitos:

  • La ayuda y/o subvención debe provenir de la Administración general de Galicia para el desarrollo de actividades deportivas.
  • La actividad que practiques no te puede generar rendimientos de actividades económicas, o sea, ingresos.
  • Tienes que estar reconocido como deportista de alto nivel según el organismo competente en materia de deporte de Galicia. Con jugar muy bien al fútbol no sirve, vaya. 

Deducción por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo

Una de las peculiaridades de Galicia son sus aldeas modelo, una denominación que se le da a un municipio en el que se trabaja en la recuperación de tierras agrarias abandonadas para contribuir a la creación de actividad agroganadera y reducir así el riesgo de incendios. 

Para incentivar la compra de viviendas en estos terrenos, Galicia tiene una deducción del 15% por el gasto en la compra o rehabilitación de una vivienda en una aldea modelo. Para el caso de una construcción destinada a tu vivienda habitual, el límite máximo a deducir es de 9.000€, y de 4.500€ si es un gasto en una vivienda de carácter temporal. 

Esta deducción es incompatible con las siguientes:

  • Deducción por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables en la vivienda habitual y destinadas exclusivamente al autoconsumo.
  • Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares.

Si has llegado hasta aquí es que te mola el tema renta (o que sospechas que puedes aplicarte varias deducciones en Galicia). Si por lo que sea no te aclaras, no te preocupes, es normal. Nosotros somos Colaborador Social de la Agencia Tributaria y expertos en el tema impuestos. Deja que un asesor fiscal de TaxScouts haga tu renta por ti y olvídate de complicaciones.

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