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Deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana

  • Léelo en 37 min
  • Guía actualizada el 05/06/2024

Bueno, valencianos y valencianas, ánimo. Esta guía sobre las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana es casi taaan larga como El Quijote así que, si te la lees, queda clarito que te interesa un montón ahorrar dinero en la declaración de la renta.

Si no te ves leyendo este tocho para averiguar cuáles de estas deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana puedes aplicarte, deja que un asesor fiscal (que se sabe todas estas deducciones al dedillo) haga tu declaración de la renta online por ti.

Antes de empezar, spoiler: hay algunas fórmulas algo enrevesadas para calcular las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana. Así que, al hacer la declaración de la renta, quizá necesites una calculadora (para entender cuánto te estás deduciendo realmente).

Aquí te dejamos una lista con todas las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana para que, si quieres, puedas ir directamente a la que te interesa:

👨‍👩‍👧‍👦 Familia

👵 Mayores y discapacitados

🏡 Vivienda y propiedades

🥘 Cultura, patrimonio y medio ambiente 

🦠 Covid-19

🧩 Otras

👀 Quizá te sea de ayuda 👀

Si quieres enterarte de todo lo que lees y no confundirte con las bases liquidables, las cuotas íntegras y demás, échale un ojo a nuestra guía de conceptos básicos para la Renta antes de continuar.

Deducción por nacimiento, adopción o acogimiento familiar

Venga, empezamos con la primera de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana.

Te puedes deducir 300€ por cada hijo que hayas tenido o adoptado, o bien por cada menor que hayas acogido durante los dos últimos años. Atención, estos son los requisitos y condiciones:

  •  La suma de las bases liquidables (general y del ahorro) no puede ser superior a 30.000€ si presentas la declaración de la renta individual. En el caso de una declaración conjunta el límite sube a 47.000€.
  • En el caso de acogida, la deducción se prorratea según los días a los que corresponda. ¿Qué? Pues que, por ejemplo, has acogido a mitad de año, no te puedes deducir el total de 300€, si no lo que te toque según la cantidad de días desde que lo hiciste.
persona calcula cuanto se puede deducir en la declaración de la renta de 2022 con las deducciones de la comunidad valenciana

Un par de consideraciones sobre esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana:

  • Es compatible con las siguientes deducciones por nacimiento múltiple, por hijos con discapacidad y por familia numerosa o monoparental.
  • Si los padres queréis hacer declaraciones individuales, a cada uno os tocará la mitad, 150€.
  • El importe total de la deducción solo se otorgará si tus bases son inferiores a 27.000€ en tributación individual o 44.000€ en la conjunta. En caso de que esté entre 27.000€ y 30.000€, la deducción se calculará:
    • 300 x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales.
    • 300 x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.

Por ejemplo, Rosita tuvo una niña el año pasado y este año presenta la declaración de la renta individual, ¿vale? La suma de sus bases liquidables es de 28.000€. Rosita no se puede deducir los 300€ enteritos (porque esta suma no da 27.000€ o menos). Lo que Rosita se puede deducir por haber tenido una hija es un porcentaje de esos 300 €. Hagamos el cálculo.

 Aplicada al caso de Rosita, vemos qué ocurre con nuestra fórmula:

  • 300 x (1 – (28.000 – 27.000) ÷ 3.000)
  • 1 – (0,33) = 0,66 

Entonces, Rosita se puede deducir un 66% de 300€. Esto serían 198€ que se pueden restar a la cuota íntegra autonómica de Rosita

Deducción por nacimiento o adopción múltiples

Pues si tu familia crece no con uno, sino con más de un nuevo miembro a la vez, puedes deducirte 246€. El tema está en que tengas (tú o tu pareja, ¿eh?) un parto múltiple (con más de un bebé) o que acojas o adoptes a más de un crío en la misma fecha. ¡Ojo! No vale contar dos adopciones o acogidas de días diferentes como múltiples.

Deberás aplicar el mínimo por descendientes y debes tener una base total inferior a 30.000€ en declaración individual o 47.000€ en una conjunta. 

¿Recuerdas la fórmula que hemos aplicado a la primera deducción? Pues aquí igual pero con 246€. Lo bueno es que esta deducción es compatible con la:

  • Deducción por nacimiento, adopción o acogimiento familiar.
  • Deducción por nacimiento o adopción de niños y niñas con discapacidad.
  • Deducción por familia numerosa o monoparental.

Deducción por nacimiento o adopción de niños y niñas con discapacidad

Veamos otra de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana relacionada con la familia. Aquí las cantidades cambian un poquillo.

Te puedes deducir 246€ por cada menor de edad que tenga una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% o una psíquica superior al 33%. La cantidad aumenta hasta 303€ si también tiene un hermano o hermana con las mismas características.

¿Y qué límites y requisitos hay para esta deducción autonómica en el IRPF en la Comunidad Valenciana?

  • Solo se puede aplicar una vez y no cada año.
  • La discapacidad del niño o niña tiene que estar reconocida de forma oficial.
  • Y otra vez, si sois más de uno con derecho a pedirla, la cantidad se divide. Fifty, fifty.
  • La cantidad de la deducción se calcula igual que en las dos deducciones anteriores. Si la suma de tus bases liquidables da más de 27.000€ en la declaración individual o 44.000€ en la declaración conjunta, olvídate. Si da menos  de 27.000€ en esa suma (para la renta individual) y 44.000€ (en la conjunta) te puedes aplicar toooda la cantidad. Y si la suma de tus bases liquidables está entre 27 y 30.000€ al presentar la renta individual y entre 44 y 47.000€ en la conjunta, la misma fórmula de antes. Aunque ya sabes, si te da pereza todo esto, dejas que un gestor de nuestra asesoría para la declaración de la renta se encargue 100% online y tú te olvidas.

Para acabar, tienes que saber que esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana es compatible con estas otras deducciones:

  • Deducción por nacimiento, adopción o acogimiento familiar.
  • Deducción por nacimiento o adopción múltiples.
  • Deducción por familia numerosa o monoparental
Madre busca que deducciones puede pedir en la Comunidad Valenciana con su hija

Deducción por familia numerosa o monoparental

De las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana en la renta por motivos familiares, de maternidad o paternidad, esta es la que más dura. Lo decimos porque te la puedes aplicar para pagar menos IRPF tantos años como tu familia se considere numerosa o monoparental. Es decir, si sois una familia numerosa o monoparental, os podéis deducir 330€ si estás en la categoría general o 660€ si estás en la categoría especial. 

El principal requisito es que la Generalitat Valenciana tiene que haberte dado el reconocimiento oficial de familia numerosa o monoparental. La verdad, tiene todo el sentido del mundo. Pero también hay límites según la suma de tus bases liquidables general y del ahorro (autonómicas).

  • Si tu familia es numerosa o monoparental de categoría general, ocurre exactamente lo mismo que en los casos anteriores. Los 300€ te los deduces enteritos si tu base liquidable es de menos de 23.000€ en la declaración individual y menos de 37.000€ si presentas la renta conjunta con tu pareja.
  •  Si tu base liquidable está entre 27.000€ y 30.000€ al presentar la renta individual, o entre 30.000€ y 47.000€ en la renta conjunta, pues lo de antes. Formulita mágica, y aplicas el resultado a 300€.  Recordemos la fórmula mágica, que ya queda lejos:
    • 330 x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
    • 330 x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.
  • Por otro lado, los límites cambian si tu familia es numerosa o monoparental de categoría especial. Si es así, te puedes deducir los 660€ si tu base liquidable es de 31.000€ como máximo en la declaración individual y de 50.000€ en la declaración conjunta. Si estás entre 31.000€ y 35.000€ en tu declaración individual o entre 54.000€ y 58.000€ en la conjunta, tendrás que aplicar la fórmula con distintos límites:
    • 660 x (1 – (suma de las bases liquidables – 31.000) ÷ 4.000) para declaraciones individuales. 
    • 660 x (1 – (suma de las bases liquidables – 54.000) ÷ 4.000) para declaraciones conjuntas.

Y ya, para acabar con esta deducción, tienes que saber que si te la aplicas, también puedes aplicarte otras deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana que tienen que ver con la familia:

  • Deducción por nacimiento, adopción o acogimiento familiar
  • Deducción por nacimiento o adopción múltiples
  • Deducción por nacimiento o adopción de niños y niñas con discapacidad

Deducción por gastos de guardería para menores de tres años

Vamos con la deducción por los gastos de guardería de los peques. O lo que es lo mismo, la Deducción por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos o acogidos en la modalidad de acogimiento permanente, menores de tres años. Pero bueno, no hace falta que te memorices este rollo. Lo que te puedes deducir es un 15% de lo que hayas pagado, con un máximo de 297€ por cada uno de los hijos que tengas (y que sean menores de tres años, claro).

¿Qué condiciones tiene esta deducción autonómica de la Comunidad Valenciana?

  • Que padre y madre, padre y padre, madre y madre (o quienes seáis), ambos trabajéis ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena.
  • Que a lo largo del año fiscal, el niño o niña tenga menos de tres años. Si cumple los tres años a lo largo del año fiscal, lo que pasa es que la deducción se prorratea. Esto significa que se aplica solamente la parte proporcional a los días en los que el peque haya tenido menos de tres años.
  • No puedes haber pagado en cash. El gasto en guardería y tal tiene que haber sido pagado con tarjeta de crédito, transferencia bancaria, cheque o por ingreso.

Con los límites de esta deducción ocurre lo mismo que con todas las otras. La suma de las bases liquidables no pueden ser más de 30.000€ en la declaración individual, ni más de 47.000€ en la declaración conjunta. A partir de aquí, ya tu sabe’. Si la suma de tus bases liquidables es menos de 27.000€ o de 44.000€ en la declaración individual o en la conjunta respectivamente, formulita al canto con los 297€ y averiguas lo que te puedes deducir realmente.

Mujer se frustra con las fórmulas que tiene que calcular en las deducciones de la Comunidad Valenciana

Deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar

Mira tú por donde que trabajar a veces tiene premio. Si eres madre y encima trabajas, te puedes deducir 460€ al hacer la declaración de la renta. ¡Ojo! Tus hijos tienen que ser mayores de tres años y menores de cinco años. Esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana te la puedes aplicar cada año mientras tu hijo (o hijos) no supere esa edad. ¿Y qué requisitos hay?

  • Ser la madre, padre (cuando sea monoparental o tenga custodia exclusiva) o acogedora del niño o niños de entre 3 y 5 años. En el caso de la acogida, te podrás aplicar esta deducción durante el cuarto y quinto año tras la adopción sin importar su edad.
  • Cotizar en la Seguridad Social de cualquier manera.
  • Que la suma de las bases liquidables no sea superior a 30.000€ en la renta individual ni superior a 47.000€ en la renta conjunta. El resto ya te lo hemos contado, es lo mismo que en las otras deducciones. Cuando la suma de las bases liquidables está entre 27 y 30.000€ o entre 44 y 47.000€, adelante con la fórmula.

Y para terminar, una curiosidad. Si una pareja heterosexual con hijos presenta la declaración conjunta en la Comunidad Valenciana y la madre tiene derecho a esta deducción, el padre también se beneficia.

En el caso de progenitores del mismo sexo, si ambos cumplen los requisitos, los dos se podrán aplicar la deducción.

Deducción por contribuyentes con dos o más hijos

Una de las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana menos complicadas es esta. Ya verás lo rápido que te la explicamos:

Te puedes deducir el 10% de tu cuota íntegra autonómica. Da igual si haces la declaración la renta individual o conjunta con tu pareja. Es decir, que esta deducción se aplica una vez ya se han aplicado a tu cuota íntegra autonómica todas las otras deducciones autonómicas en Comunidad Valenciana. Podrás pedirla siempre que:

  • Tengas derecho a la reducción estatal del mínimo por descendiente.
  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro de la unidad familiar no puede ser superior a 30.000€ (tanto en la declaración individual como en la conjunta). 

¡Tachán! Esto es todo. A por la siguiente.

Mujer se alegra por todo lo que se puede deducir gracias a sus hijos

Deducción por contratar indefinidamente a un empleado del hogar para el cuidado de personas 

Esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana se centra en el cuidado de personas y podrás deducir el 50% del salario de la persona que contrates para hacerlo. Primero que nada vamos a ver los requisitos:

  • Tienes que tener a cargo a alguno de estos:
    • Algún menor de 5 años que de derecho al mínimo por descendientes.
    • Algún mayor de 75 años que de derecho al mínimo por ascendientes o mayor de 65 con discapacidad (física superior al 65% y psíquica superior al 33%). Si este mayor está ligado a ti por vínculo de afinidad (si es familiar de tu cónyuge) tiene que convivir contigo al menos la mitad del año, no obtener más de 8.000€ anuales y no presentar la renta con un ingreso de más de 1.800€.
  • Tienes que estar trabajando.
  • Tu base total debe ser inferior a 30.000€ en declaración individual o 47.000€ en la conjunta.

Y ahora, los dichosos límites:

  • Si tu base es inferior a 27.000€ en tributación individual o 44.000€ en la conjunta, te puedes deducir:
    • 660€ por un menor de 5 años o 1.100€  si son dos menores o eres familia monoparental.
    • 330€ por un ascendiente a cargo o 550€ si son más.
  • Si tu base está entre 27.000€ y 30.000€ para individual o entre 44.000€ y 47.000€ toca tu parte favorita, la formulita:
    • (deducción total que te tocaría) x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
    • (deducción total que te tocaría) x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.

Deducción por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar

¡Y aquí está la deducción por los gastos en material escolar (que no son pocos)! Lo que te puedes deducir son 110€ por cada hijo o menor acogido permanentemente (modalidad acreditada de forma oficial). Podrás pedirla si:

  • El niño o niña está escolarizado en educación primaria, la ESO o alguna unidad de educación especial.
  • Los hijos o acogidos te dan derecho al mínimo por descendiente que marca Hacienda.
  • Estás inscrito en el paro e inscrito como demandante de empleo.
  • Los pagos del material no pueden ser en efectivo.
  • La suma de las bases liquidables no puede superar los 30.000€ en la declaración de la renta individual ni los 47.000€ en la conjunta. Si la suma es menos de 27.000€ (para la renta individual) o de 44.000€ (para la renta conjunta), te puedes deducir los 110€ enteros. Si no, la fórmula es la misma que en todas las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana que te hemos contado antes:
  • 110 x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
  • 110 x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.

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Pues deja que nos encarguemos de hacer tu declaración de la renta por Internet. ¡Con todas las deducciones posibles según tu caso! Nuestra asesoría para la declaración de la renta es la mejor opción si no quieres complicarte la vida y hacerla en un pis pas. Así que, ¿te echamos una mano con la renta?

Deducción para contribuyentes con una discapacidad del 33% (o superior) y de 65 años o más

Esta es la primera de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana para personas mayores o con discapacidad. Si tienes 65 años o más o una discapacidad (reconocida oficialmente) del 33% o superior, la cantidad que te puedes deducir en la renta son 197€. Además, tu base liquidable y del ahorro debe ser inferior a 30.000€ en declaración individual o 47.000€ en conjunta.

Va que ahora viene lo de la fórmula, nuestra parte favorita otra vez. Sí, la misma que en el caso de las deducciones por maternidad y paternidad que te hemos contado antes. Los 197€ te los puedes deducir si tu base liquidable es menos de 27.000€ en la declaración individual (menos de 44.000€ para la declaración conjunta). Para las bases liquidables entre 27 y 30.000€ (en la renta individual) y las bases liquidables entre 44 y 47.000€ (en la renta conjunta), la cantidad de la deducción será el resultado de la fórmula aplicado como porcentaje a los 197€.

Ascendientes mayores de 75 o mayores de 65 con discapacidad

La otra de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana para personas mayores o con discapacidad es muy parecida. También te puedes deducir 197€ por cada ascendiente que tengas a cargo, siempre que sea mayor de 75 años o bien mayor de 65 con una discapacidad física o sensorial del 65% o psíquica del 33%. Si no se alcanzan estos grados y no están reconocidos oficialmente, no te podrás aplicar la deducción.

Aquí van algunos requisitos más:

  • Debes haber convivido un mínimo de 183 días (que es medio año) con estas personas mayores o discapacitadas. Si no, no tienes derecho a esta deducción.
  • Si no conviven contigo, tienes que tener a estas personas a cargo (porque dependen de ti económicamente) pero deben residir en un centro especializado (tipo residencia, centro de salud mental o de recuperación física).
  • Los ascendientes no pueden tener ganancias anuales de más de 8.000€ (realmente no es necesario ni que presenten la declaración de la renta).
  • ¿Te acuerdas de los límites y la fórmula que hemos mencionado tanto? Pues en esta deducción funciona exactamente igual. Tus bases contributivas deben ser inferiores a 30.000€ en declaración individual y 47.000€ en la conjunta. Si están entre 27.000€ y 30.000€ o 44.000€, aplicas la fórmula:
    • 197 x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
    • 197 x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.
Persona calcula cuanto puede deducirse en la renta de 2022 con la fórmula de la comunidad valenciana

Deducción por vivir en municipios en riesgo de despoblamiento

La Comunidad Valenciana está tratando de beneficiar a los pueblos en riesgo de despoblación con sus deducciones para la renta. Esta, en concreto, te permite deducir 330€ si vives habitualmente en uno de estos. Además, la deducción aumenta si tienes hijos que te dan derecho al mínimo por descendiente:

  • Te podrás deducir 462€ con un hijo que te de derecho.
  • Te podrás deducir 528€ con dos hijos que te den derecho.
  • Te podrás deducir 594€ con tres hijos que te den derecho.

Aunque claro, para aplicarla, tienes que tener tu vivienda habitual en uno de estos municipios que sean beneficiarios del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento.

¡Ojo! Esta ayuda es incompatible con la de nacimiento o acogimiento, la de nacimiento o adopción múltiple y la de nacimiento o adopción de hijos con discapacidad.

Deducción para propietarios de viviendas alquiladas que no superen el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana

Primera deducción de alquiler en la Comunidad Valenciana. Te las contaremos todas, pero, como diría Luis Fonsi, despacito.

Si tienes una vivienda en propiedad y la alquilas a un módico precio, te puedes deducir el 5% de las ganancias netas hasta 3.300€ (esto son los ingresos menos los gastos deducibles del alquiler para propietarios). Vamos con las condiciones de esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana:

  • El contrato de alquiler tiene que haber empezado en el año de la renta.
  • Si tu propiedad estuvo alquilada antes durante menos de tres años seguidos, el inquilino de ahora no puede ser el mismo que el de antes. Si el contrato de alquiler de antes de 2023 duró más de tres años, sí te puedes aplicar la deducción aunque el inquilino sea el mismo. Esta condición está para que no le renueves el contrato cada año a un mismo inquilino y poder ir aplicándote deducciones por la cara. ¡Ni un pelo de tontos, oye!
  • El precio del alquiler (y esto da nombre a la deducción) no puede ser más alto que el marcado por el Govern de la Comunitat Valenciana. Para saber cuál es el precio de referencia de tu vivienda, entra en el mapa web del Govern y busca la dirección.
  • Tienes que haber depositado la fianza legalmente en la cuenta que determine la Conselleria de Economia y Hacienda de la Comunitat Valenciana.

Deducción por alquiler en la Comunidad Valenciana de la vivienda habitual (para inquilinos)

Si vives de alquiler, estás de suerte. ¡Una parte de lo que pagas te vuelve a modo de ahorro en el IRPF! De todo lo que pagaste de alquiler, puedes deducirte un buen cacho gracias a la deducción por alquiler en la Comunidad Valenciana:

  • Generalmente, te puedes deducir un 20% del alquiler, con un límite de 800€.
  • Si eres menor de 35, tienes un grado de discapacidad (física o sensorial del 65% o psíquica del 33%) o eres una víctima de la violencia de género, la deducción sube a un 25%. Con un límite de 950€.
  • Finalmente, si reúnes más de una condición de las que acabamos de comentar, podrás deducir un 30%, con un límite de 1.100€.

¡Ojo! Que la deducción se prorrateará entre los días vigentes del contrato de alquiler. Si te has salido antes, te deducirás menos.

Pero no cualquiera puede pedir esta deducción, para ello necesitas:

  • Tienes que haber firmado el contrato de alquiler después del 23 de abril de 1998.
  • La duración del contrato tiene que ser de, como mínimo, un año.
  • Tiene que ser tu vivienda habitual.
  • Por lo menos durante medio año (183 días), ni tú ni nadie de tu unidad familiar puede haber sido propietario de una vivienda que esté a menos de 50km.
  • No puedes tener derecho a ninguna de las otras deducciones por la compra de una vivienda habitual (que te contaremos enseguida).
  • Los pagos del alquiler tienen que estar documentados (cheque, transferencia, tarjeta o ingreso a cuenta bancaria). Olvídate de pagar en efectivo.
  • La suma de las bases liquidables en tu renta individual no puede superar los 30.000€ y, si presentas la renta conjunta, el máximo está en 47.000€. Y ya estamos otra vez con la fórmula favorita de los valencianos:
    • 800/950/1.100 x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
    • 800/950/1.100x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.

Deducción por alquiler de la vivienda porque trabajas en un municipio que no es el tuyo

Venga, veamos qué pasa si tu familia y tus colegas te echan de menos porque te has ido a vivir a otra ciudad por el curro. ¿Qué pasa? Pues que para compensar los buenos ratos que te pierdas, podrás ahorrar en la declaración de la renta. Lo que te puedes deducir es un 10% de lo que pagaste por ese alquiler, con un límite de 224€.

Son mu’ sencillas todas las condiciones de esta deducción del alquiler en la Comunidad Valenciana:

  • De entrada, el hecho de que hayas tenido que alquilar una vivienda tiene que haber ocurrido porque te has ido a trabajar a otro municipio.
  • La vivienda a la que te has tenido que mudar tiene que estar, al menos, a 100 kilómetros de tu anterior casa.
  • El alquiler lo tienes que pagar tú de tu bolsillo (¡pero no puede ser en efectivo!) y no tu empresa.
  • Los límites y cantidades de la deducción son los mismos que en el caso anterior. Exactamente. Lo de los 27.000€ y los 44.000€ y la formulita esa. Sí.

Y para terminar una buena noticia: esta deducción es perfectamente compatible con la anterior del alquiler de vivienda habitual.

Mujer se prepara para aplicarse todas las deducciones autonómicas de Valencia en 2022

Deducción por compra de la primera vivienda habitual para gente de 35 años o menos

Hay un montón de deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana relacionadas con temas de vivienda. Esto está genial para los jóvenes que quieran dejar de pagar alquiler y convertirse en propietarios. ¡Que no todo sean gastos!

Si eres nuevo propietario y tienes menos de 35, lo que te puedes deducir es un 5% de lo que hayas pagado por tu casa (excluyendo los intereses de la hipoteca, ¿vale?). Por otro lado, los requisitos están muy claros:

  • Tiene que ser la primera vivienda habitual que compres y no puedes pagarla en efectivo (por mucho que te sobre el money).
  • El importe de tu patrimonio (es decir, el valor de tus propiedades) tiene que crecer con la compra de esta propiedad. Esto significa que, como mínimo, tiene que ser el valor de lo que tenías más el valor de la vivienda que te hayas comprado.
  • El requisito de siempre: tu base total debe ser inferior a 30.000€ (47.000€ para una declaración conjunta).  De nuevo, te deducies todo si es inferior a 27.000€ o 44.000€ y si está entre medias aplicas esta formulita:
    • 5% del coste de tu casa x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
    • 5% del coste de tu casa x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.

La buena noticia es que si tienes alguna discapacidad reconocida, esta deducción es compatible con la siguiente: Deducción por la compra de la vivienda habitual para personas con discapacidad (que vamos a ver ahora).

Deducción por la compra de la vivienda habitual para personas con discapacidad

Si te compraste una vivienda habitual y tienes una discapacidad, te puedes ahorrar algo más en el IRPF de lo que te hemos contado en la deducción anterior. Es evidente que, si la deducción anterior es compatible con esta, esta es compatible con la deducción anterior. Pero mira, te lo aclaramos por si acaso.

Aquí, la cantidad de la deducción es el 5% de lo que hayas pagado por tu propiedad, sin contar los intereses de la hipoteca. Los requisitos para poder aplicarte esta deducción son:

  • Debes tener una discapacidad física o sensorial superior al 65% o una discapacidad psíquica, tiene que ser superior al 33%.
  • El pago no puede ser en efectivo. Tienes que haber pagado a través de un método que se pueda comprobar: transferencia, cheque, ingreso o con tarjeta. 
  • Como en la deducción anterior, la suma de tus bases imponibles (general y del ahorro) no puede ser más de 30.000€ en declaración individual o 47.000€ en conjunta. 

Lo de siempre, si la suma es menor de 27.000€ o 44.000€ te aplicas toda la deducción. Si está entre medias, tienes que aplicar la fórmula que hemos mencionado antes.

Deducción por cantidades destinadas a la compra o rehabilitación de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas

Mira, si te dieron una ayuda pública para comprar o rehabilitar tu casa tienes doble suerte. A parte de la ayuda, puedes pagar menos IRPF este año por tu renta.

La cantidad de la deducción son 112€ por contribuyente. Está claro que tienes que haber usado el dinero de la subvención o ayuda pública que te dieran para hacer lo que dijiste que harías (comprar o rehabilitar tu casa). Lo interesante es que la ayuda que recibiste no necesariamente tiene que ser de la Generalitat valenciana. Puede ser otro tipo de ayuda, de fondos estatales o europeos, por ejemplo.

Ahora bien, cuando la ayuda te la dan por partes, estos 112€ se prorratean por años. ¿Qué? Pues que si te dan, por ejemplo, 15.000€ a lo largo de tres años, los 112€ que te puedes deducir se dividen también a lo largo de tres años fiscales. Entonces, te podrías deducir un tercio de estos 112€ cada año. Se entiende, ¿no?

Vale, aquí viene algo interesante. Los 112€ es la cantidad que te puedes deducir, okay. Pero también puedes calcular la cantidad de esta deducción (lo que te deducirás) aplicando el porcentaje medio del IRPF autonómico de la base general a la cantidad que te hayan dado. Vemos un ejemplo.

Pongamos que a Constantino le han dado 12.300€ para rehabilitar su vivienda habitual. Según lo que te hemos contado, Constantino se puede deducir 112€ o bien hacer un cálculo. El porcentaje medio del IRPF autonómico en la Comunidad Valenciana es del 20%. Entonces, Constantino se puede deducir un 20% de 12.300€. Esto serían 2,460€. Aunque parezca curioso que se haya marcado una cantidad para la deducción (los 112€ que te hemos dicho), el contribuyente (o sea, tú) puede escoger la cantidad que más le convenga y deducírsela. No es obligatorio que sea la cantidad menor. Más raro que un perro verde, lo sabemos, pero es así.

Y nada, otro par de cosillas:

  • Nada de pagar en cash. Ya lo sabes. Tiene que haber comprobante bancario del pago.
  • El valor de tu patrimonio tiene que haber aumentado con esta compra o rehabilitación.
Hombre le echa un vistazo a las principales deducciones del IRPF para la renta de 2022 de la Comunidad Valenciana

Deducción por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energías sostenibles

El nombre real de esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana es casi tan largo como esta guía: Deducción por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las viviendas de la Comunitat Valenciana, así como por la cuota de participación en inversiones en instalaciones colectivas donde se ubicasen las viviendas. Coge aire mientras te contamos las condiciones y cantidades.

Te puedes deducir un 40% de lo que hayas invertido en instalaciones de autoconsumo de energías sostenibles en tu vivienda habitual. Con un máximo de 8.800€. Esto es si te lo has gastado en instalaciones de autoconsumo eléctrico, de producción de energía solar o eólica. Este porcentaje baja hasta un 20% para segundas residencias.

¡Alerta! Este límite es anual. Esto significa que si el 20% de lo que te has gastado son más de 8.000€, te lo puedes deducir en los cuatro años siguientes al gasto (hasta llegar al total del 20%).

Va, hablemos de requisitos:

  • La vivienda tiene que estar en la Comunitat Valenciana.
  • Tienes que avisar con anterioridad a la administración autonómica. Vamos, que antes de ponerte a montar paneles solares tienes que avisar al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial y explicarles lo que harás.
  • Las empresas que realicen la instalación también deben cumplir unos requisitos preestablecidos por el IVACE.
  • Al gobierno valenciano no le gusta el efectivo, así que ya sabes. Tarjeta, crédito, transferencia… todo menos billetes y monedas.
  •  Aunque esta deducción sea para el autoconsumo, no puede tratarse de una instalación para desarrollar una actividad económica. Vamos, que si eres autónomo y has puesto placas solares (o lo que sea) en tu taller, no tienes derecho a pedir esta deducción autonómica de la Comunidad Valenciana en la renta.
  • Solamente te puedes aplicar esta deducción si has hecho la instalación porque has querido. Es decir, que no era obligatorio (por el motivo que sea, que no viene al caso) en tu situación.
  • No te puedes aplicar esta deducción si la vivienda la usan terceras personas (por ejemplo, si la tienes alquilada). Ya lo pone el el título con lo de autoconsumo.
  • Y lo mismo también que en las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana anteriores: al haber hecho esta inversión, se supone que el valor de tu patrimonio aumenta. Y así tiene que ser si quieres aplicarte esta deducción.

Una última consideración: si vives en un bloque de pisos, es obvio que la inversión (el gasto) va a ser compartido. En este caso, lo que se considera tu gasto es la parte proporcional a tu propiedad. Por ejemplo, si vives en un bloque de pisos con 10 viviendas y tú eres propietario de una vivienda, pues tú tendrás el 10% de la propiedad (y te corresponde el 10% del gasto también). Imagina que en tu edificio hacéis una inversión de 100.000€ para esto de las energías sostenibles de autoconsumo. Vale. Como la cantidad que se puede deducir en la renta es el 40% de lo pagado, lo que podéis deduciros entre todos los vecinos propietarios son 40.000€. Como tú tienes un piso de los diez que hay, tienes el 10% de la propiedad. Así, lo que te puedes deducir es el 10% de esos 40.000€, que son 4.000€.

Deducción por obras de mejora en la vivienda habitual

Genial, pues aquí va la última de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana relacionadas con la vivienda que te puedes aplicar al hacer la declaración de la renta.

Te puedes deducir el 20% de lo que pagaste por obras hechas a partir del 1 de enero de 2017 (porque quizá hayas aplazado el pago o algo así). Este porcentaje aumenta hasta un 50% si las obras mejoran la accesibilidad de personas con un grado de discapacidad superior al 33% (aunque deben ser realizadas a partir del 1/1/2023).  

Peeero hay un pero. La cantidad máxima a la que se puede aplicar este 20% son 5.500€. Por lo tanto, lo máximo que te puedes deducir de tu cuota íntegra autonómica son 1.000€ (aunque hayas pagado mucho más por las obras).

 Dicho esto, vamos a por las condiciones y requisitos.

  • Las obras tienen que haberse hecho en tu vivienda habitual. Tiene lógica si te lees otra vez el título de la deducción. Tal cual.
  • Aaaquí está lo interesante. No se puede tratar de cualquier tipo de obra. Si te haces una piscina y te la quieres deducir, no cuela. Las obras tienen que ser para mejorar la sostenibilidad, calidad o accesibilidad de tu vivienda. Y eso no es nada subjetivo (¡porque una piscina, ciertamente, mejora la calidad de cualquier vivienda!). Hay un plan estatal de fomento de la vivienda o una normativa autonómica específica donde se indica qué tipo de obras entran dentro de lo de mejora de sostenibilidad, calidad o accesibilidad.
  • Las obras tienen que ser en la vivienda en sí. Ni en el jardín, ni en el garaje. En la vivienda.
  • Esta deducción no es compatible con la anterior (la de las instalaciones de autoconsumo de energías renovables), porque para eso ya está esa deducción. O una, u otra.
  • Si hay una parte de estas obras de mejora que la has pagado con alguna subvención o obra pública, ese dinero no entra en la base sobre la que se calcula la deducción. Esto significa que si tú te gastaste, por ejemplo, 1.000€ para hacer una obra de mejora en tu casa, pero la Generalitat te dio 200€ de subvención, el 20% que te puedes deducir se calcularía sobre 800€ y no sobre 1.000€.
  • Quien sea que te haga las obras, tiene que pasarte una factura con su NIF o CIF. Y, como en otros casos, no puedes pagarle en efectivo. Tienes que pagarle a través del banco, ya sea con un ingreso, una transferencia, un cheque o con tarjeta.
  • No puedes tener una base total inferior a 30.000€ para declaración individual ni 47.000€ para la conjunta. Como siempre, si tienes menos de 27.000€ o 44.000€ te podrás deducir todo y si estás entre medias, aplicas formulita:
    • 20 o 50% del coste de las obras x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
    • 20 o 50% del coste de las obras x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.

Esta misma deducción también aplica a las reformas realizadas en 2014 (con una deducción del 10%) y en 2015 (con una del 25%) hasta un límite de 5.000€. ¿El resto? Lo mismo.

Persona busca entre sus papeles para saber si cumple los requisitos para aplicarse la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual

Deducción por el incremento de los costes de financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual

Va, que ya acabamos con las de la vivienda. Esta te deduce el 50% de la diferencia entre lo que pagaste de interés y lo que has pagado (hasta un máximo de 100€). Esto es, si cumples estos requisitos:

  • El préstamo debe ser para comprar o rehabilitar una vivienda habitual.
  • No puedes tener una base total inferior a 30.000€ para declaración individual ni 47.000€ para la conjunta. Como siempre, si tienes menos de 27.000€ o 44.000€ te podrás deducir todo y si estás entre medias, tendrás que hacer mates con la fórmula de antes.

Deducción por compra de abonos culturales

Esta es quizá una de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana que nos parecen más guays. ¿Por qué? Pues porque dar facilidades a la gente para acceder a la cultura siempre mola.

Lo que te puedes deducir es el 21% de lo que pagaste por tu abono cultural. Solo valen abonos para las entidades adheridas al convenio cultural de la Generalitat (del Institut Valencià de Cultura). Peeero la cantidad máxima sobre la que se puede aplicar este 21% son 165€. Por lo tanto, lo máximo que te puedes deducir este año en la renta son 34,65€. Esto te lo puedes deducir si la suma de tus bases liquidables general y del ahorro es menos de 50.000€ y si no pagas en efectivo.

Deducción autonómica en la Comunidad Valenciana por donaciones con finalidad ecológica

Si crees que un mundo mejor es posible e hiciste una donación con la intención de cuidar el planeta, tenemos algo que decirte. Primero, gracias. Segundo, que te puedes deducir un buen pellizco de la cantidad que en la declaración de la renta (en concreto un 20% de los primeros 150€ y un 25% del resto de donaciones. Sí, sin límite).  Y, tercero, que estas son las condiciones y requisitos que tienes que cumplir:

  • Las donaciones las tienes que haber hecho a la Generalitat o a entidades cuyo objetivo sea la defensa y conservación del medio ambiente.
  • La donación no puede haberse realizado en efectivo. 
Mujer se alegra porque se puede aplicar varias deducciones de la Comunidad Valenciana en la renta de 2022

Deducción por donaciones de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano

Este caso es igual que el anterior: te puedes deducir el 20% de los primeros 150€ y el 25% del resto. Aunque esta vez tienes que realizar la donación de bienes inscritos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano a una de estas:

  • Entidades sin ánimo de lucro con objetivo cultural, científico o deportivo no profesional de la Comunidad Valenciana. 
  • Los organismos públicos de la Generalitat, sus entidades locales, fundaciones o consorcios.
  • Universidades públicas o privadas de la comunidad, sus fundaciones o colegios mayores.
  • Los institutos y centros de investigación de la Comunitat Valenciana.
  • Los centros superiores de enseñanzas artísticas.
  • Otras personas o entidades comparables a las anteriores de otras comunidades o países europeos que desarrollen proyectos o actividades de interés social en la comunidad.

Y recuerda, siempre por transferencia, tarjeta bancaria, cheque nominativo o ingreso a cuenta.

Deducción por donaciones para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano

Bueno, pues eso mismo que se dice en el título de la deducción. Muy parecida a la anterior, pero esta vez para cubrir los gastos de conservación, reparación y restauración de los bienes. Igual que antes, podrás deducir el 20% de los primeros 150€ y el 25% del valor de donaciones restante.
Recuerda que la donación ha tenido que ser a:

  • Entidades sin ánimo de lucro con objetivo cultural, científico o deportivo no profesional de la Comunidad Valenciana. 
  • Los organismos públicos de la Generalitat, sus entidades locales, fundaciones o consorcios.
  • Universidades públicas o privadas de la comunidad, sus fundaciones o colegios mayores.
  • Los institutos y centros de investigación de la Comunitat Valenciana.
  • Los centros superiores de enseñanzas artísticas.
  • Otras personas o entidades comparables a las anteriores de otras comunidades o países europeos que desarrollen proyectos o actividades de interés social en la comunidad.

Deducción por las cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano

Esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana es superparecida a la anterior. Solo hay una pequeña diferencia. En este caso, no se trata de que tú donas dinero a alguna entidad que tiene como objetivo lo de conservar el patrimonio. Sino que en este caso, tú eres el titular del bien material que es patrimonio cultural y has invertido un dinero en conservarlo, repararlo o restaurarlo.

Se tiene que tratar de un bien inscrito en el Inventario General del Patrimoni Cultural Valencià. Y lo que te podrás deducir será un 20% de los primeros 150€ que gastaste en ello y un 25% del dinero restante.

Por ejemplo, si tu tienes un cuadro en casa que es parte de ese patrimonio y dedicas un dinero a restaurarlo. O si vives en un castillito que es parte del patrimonio cultural y reparas un muro antiguo. Pues algo así.

Persona tramita la deducción por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes

Deducción por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana

Aquesta deducció ens encanta! Claro que sí. Pues enseguida te contamos las condiciones y requisitos para poder aplicártela. En primer lugar, lo que te puedes deducir es un 20% de los primeros 150€ que donaste y un 25% del resto.

La donación tienes que haberla hecho a la Generalitat Valenciana o a sus organismos públicos, fundaciones y consorcios. Cualquier entidad sin ánimo de lucro que tenga por objetivo fomentar y proteger el valenciano también valen (entidades locales, asociaciones, universidades, centros de enseñanza o de investigación…).

Donaciones o cesiones de uso (o comodatos) para actividades para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional

Y porque la anterior era la más fácil, ahora vamos con la más compleja. ¡Venga! Vamos con la cantidad de la deducción primero (que es la parte más fácil): un 20% de los primeros 150€  de la donación y un 25% del resto de su valor. Ahora, los requisitos: 

  • Las donaciones tienes que hacerlas a proyectos o actividades culturales, científicas, deportivas no profesionales o de interés social. 
  • La donación tienes que realizarlas a entidades sin ánimo de lucro con los objetivos mencionados, a entidades de la Generalitat Valenciana, a museos, personas físicas que ejerzan estas actividades de forma habitual (y que no sean tus familiares o cónyuge) o a empresas con el domicilio fiscal en Valencia que realicen actividades artísticas o culturales.
  • No puedes realizarla en efectivo.

Ahora, la base de cantidad a deducir (sobre la que aplicar el porcentaje que hemos comentado) no siempre es la misma, ya que depende de lo que dones:

  • En las donaciones de dinero, el total. Hasta aquí fácil.
  • En las de bienes o derechos, se toma el valor contable que tuvieran en el momento de la donación.
  • En las donaciones de derecho de uso sobre bienes inmuebles, la base a aplicar es el 4% del valor catastral.
  • En las donaciones de derecho de uso sobre valores, se toma el importe anual de los dividendos o intereses recibidos.
  •  En aquellas donaciones de derecho de uso sobre bienes y derechos, se aplica el interés general del dinero al valor del bien.
  • Y en las donaciones de bienes de interés cultural, la valoración la realiza la Junta de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.

🍟 ¿Tienes el cerebro frito? 🍟

Pues deja que un gestor personal para la renta se encargue de aplicarte todas las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana. ¡Nuesto equipo de asesores fiscales se sabe de pe a pa todos los requisitos! Y tu no te preocupes de nada, porque presentamos tu renta por ti. 

Deducción por haber recibido ayudas para la conciliación familiar o por ERTE debido a la Covid-19

Por suerte, parece que lo peor del Covid-19 ya pasó. Pero para la renta, quedan algunas deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana. La primera deducción por Covid-19 en la renta tiene que ver con tu vida personal: familia y trabajo.

En realidad, esta deducción lo que dice es que si estuviste en ERTE o si te redujeron la jornada laboral para que pudieras cuidar a tus hijos e hijas por algo relacionado con el Covid-19 y recibiste alguna ayuda pública por ello, puedes deducirte una parte en la renta.

Lo que te puedes deducir es el resultado de aplicar el porcentaje medio de IRPF en la Comunidad Valenciana a la cantidad de dinero que hayas recibido por la ayuda pública.

O sea, que si has recibido 2.000€ de ayuda y el tipo medio de gravamen en el IRPF es del 20% en el año, lo que te puedes deducir son 400€ en la renta . Y ya estaría.

Mujer afectada por el Covid-19 busca las deducciones que se puede aplicar por ello

Deducción por donaciones a programas de investigación y desarrollo contra el Covid-19

Otras deducciones en la renta por el Covid-19 tienen que ver con haber hecho donaciones para ayudar a solucionar la pandemia. Realmente, el nombre de la deducción es enorme, pero no necesitas saberlo para poder ahorrarte un 20% de tus donaciones hasta 150€ y un 25% de lo que quede.

Para tener derecho a esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana, el dinero debió donarse a la Generalitat, alguna de sus entidades, a otras entidades sin ánimo de lucro o a universidades públicas de la Comunidad Valenciana que pretendían investigar el tratamiento del Covid-19. 

Deducción por donaciones para financiar gastos de la crisis derivada del Covid-19

Y ya para acabar con el tema Covid-19, la última de las deducciones es sobre una donación más directa. Si donaste dinero al Govern de la Generalitat de la Comunidad Valenciana para hacer frente a la crisis del Covid-19, podrás deducírtelo en la declaración de la renta.

En este caso, te podrás deducir un 20% de los primeros 150€ que donaste y luego un 25% del resto, sin límite. Pero la donación se tiene que haber hecho según la ley, eso sí.

Algunas consideraciones:

  • La donación se tuvo que hacer a un número de cuenta específico de la Generalitat que se habilitó para gastos relacionados con el Covid-19.
  • Si no donaste dinero y lo que donaste fue algo material (por ejemplo, algún lote de mascarillas o así), la donación se considera válida desde el momento en el que la Generalitat la acepta como ayuda.
  • Si donaste algún espacio o alguna propiedad, la Generalitat tiene el derecho de venderlo y usar el dinero de la venta para luchar contra el Covid-19.

Deducción por la compra de bicis o vehículos eléctricos

Esta deducción se nota que es de la Comunidad Valenciana con su carril bici, que ya es uno de los mejores de España. Pues ahora los ciudadanos podrán deducirse un 10% del total de la compra de nuevas bicicletas, bicicletas eléctricas, kits de electrificación de bicis o vehículos de movilidad personal (como patinetes). Claro, que esto solo es posible para los ciudadanos que:

  • Tengan una base total menor de 30.000€ en declaración individual o 47.000€ en declaración conjunta.
  • No paguen en efectivo.
  • Estén identificados en la factura del vehículo.
  • Compren los vehículos con ciertos requisitos:
  • Las bicicletas clásicas tienen que ser urbanas, las de carreras no valen.
  • Las eléctricas tienen que tener asistencia de pedaleo, un motor de menos de 250W, una autonomía de unos 50 km y una batería de 36V y mínimo 9 amperios. Además, se tiene que apagar cando la bicicleta alcance los 25 km/hora o cuando se termine de pedalear.
  • Para los kits de electrificación lo mismo.
  • Los vehículos de movilidad propia no pueden superar los 25 km/hora, necesitan una autonomía de más de 30 km y una batería de ion litio de más de 7,8 amperios.

¿Y el límite? Bueno, pues tenemos malas noticias, porque vuelve la formulita. Si tu base total es menor de 27.000€ en declaración individual o 44.000€ en conjunta, el total a deducir depende del tipo de vehículo:

  • Para bicicletas clásicas urbanas el límite deducible es de 550€. Este aumenta a 750€ si tiene elemento de carga infantil.
  • Para bicicletas eléctricas el límite es de 1.540€.
  • Para kits de electrificación es de 660€.
  • Para vehículos de movilidad personal el límite es de 495€.

Si tu base es mayor a 30.000€ o 47.000€, no te puedes deducir nada. Y si está entre medias… tienes que coger el máximo que te puedes deducir y meterlo en el principio de esta fórmula (dentro del paréntesis):

  • () x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
  • () x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.
Mujer calcula cuanto se puede deducir por su bici eléctrica

Deducción por la compra de acciones o participaciones en empresas nuevas

Esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana también es muy buena, sobre todo para todas las startups y los inversores de la comunidad. Si has invertido en la creación o ampliación de capital de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades laborales o a sociedades cooperativas (si eres socio) te podrás deducir un 30% de las mismas (hasta 6.600€).

Aunque, claro, tendrás que cumplir algunos requisitos:

  • La empresa tiene que realizar una actividad económica y tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad Valenciana. También tendrá que mantener esto durante tres años.
  • La empresa debe tener una persona con un contrato a jornada completa durante tres años. Este punto no se aplica a las sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado.
  • La operación tiene que estar formalizada ante notario.
  • En el caso de una ampliación de capital, la empresa debe ampliar su plantilla media por una persona en menos de dos años.
  • Tienes que quedarte las acciones durante tres años. No vale venderlas ni donarlas.
  • Tienes que pagar por medio del banco, no vale en efectivo.

¡Hey, dos buenas noticias! 

  • Si no puedes aplicarte toda la deducción en un solo año porque tienes una cuota baja, puedes hacerlo durante los tres años siguientes.
  • La deducción puede aumentar hasta el 45% (con un máximo de 9.900€) si la empresa en la que inviertes:
  • Acreditan ser PYMES dedicadas a la investigación o alguna universidad también participa en ellas.
  • Tienen su domicilio fiscal en un municipio en riesgo de despoblamiento.

Deducción por pagos de tratamientos de fertilidad 

Esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana también es de las buenas, sobre todo porque la Comunidad Valenciana tiene algunas de las mejores clínicas de fertilidad del mundo. Ahora, toda mujer de entre 40 y 45 años se haya realizado tratamientos de fertilidad y tenga una base inferior a 30.000€ (47.000€ en declaración conjunta), podrá deducirse 100€.

Si tu base es inferior a 27.000€ (o 44.000€) te lo puedes deducir entero y si está entre este mínimo y el máximo de antes, ya te lo sabes, fórmula:

  • 100 x (1 – (suma de las bases liquidables – 27.000) ÷ 3.000) para declaraciones individuales. 
  • 100 x (1 – (suma de las bases liquidables – 44.000) ÷ 3.000) para declaraciones conjuntas.
Mujer tramita la deducción por pagos de tratamientos de fertilidad

Deducción por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud

Esta deducción autonómica en la Comunidad Valenciana es la bomba, se divide en dos tipos de gastos: los relacionados con enfermedades raras y otro tipo de gastos. Vamos con la primera.

Se podrá deducir hasta 100€ por haber invertido en tratamientos para el cuidado de personas con enfermedades crónicas de alta complejidad y las denominadas raras y también las personas que hayan invertido en tratamientos para el daño cerebral o alzheimer. Las familias numerosas o monoparentales suman 50€ más a la deducción, hasta 50€.

Vamos con  el segundo grupo. Hay deducción para gastos bucodentales no estéticos (150€), salud mental (150€) y adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza (100€). Sí, has leído bien, puedes deducir los gastos por las lentillas, gafas u oculista.

Ambas deducciones son compatibles entre sí.

Los límites de ingresos, como siempre, son 32.000€ en tributación individual y 48.000€ en la conjunta. 

Deducción por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables

Buen momento para ser un gymbro en Valencia porque practicar deporte u otras actividades relacionadas con la salud deduce un 30% del total de las cantidades invertidas, ¡toma ya! 

Si eres mayor de 65 años o persona con un grado mayor del 33% de discapacidad, el porcentaje asciende hasta el 50%. Si eres mayor de 75 años o la discapacidad es igual o superior al 65%, se deduce el 100% de las cantidades en la renta.

Eso sí, no te creas que vas a cubrir costes, porque el límite máximo de la deducción será de 150€. En esta deducción entran: 

  • Las cuotas del gimnasio, federaciones deportivas, clubes…
  • Adquisición de equipamiento obligatorio de un deporte federado.
  • Servicios personales de entrenamiento.
  • Servicios de traumatología, nutrición, fisioterapia, podología o dietética.

Tendrás que poder demostrar con factura y justificante los pagos, y cumplir los requisitos de ingresos: la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no pueden superar:

  • 32.000€ en declaración individual
  • 48.000€ en declaración conjunta

Y hasta aquí podemos leer en cuanto a las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana. Y tú, ¿has podido leer hasta aquí? Pues enhorabuena, se ve que ganas de ahorrar en la declaración de la renta no te faltan. Si lo que quieres es ahorrar dinero pero también tiempo, entonces presentar la declaración de la renta por Internet con un gestor personal de TaxScouts será la mejor opción para ti. 

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