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¿Qué es el modelo 347? Pasos para no equivocarte al presentarlo

  • Léelo en 7 min
  • Guía actualizada el 26/11/2024

Si eres autónomo o empresa y has hecho operaciones con terceros que superan los 3.005,06€, debes presentar el modelo 347. Es una declaración informativa que Hacienda utiliza para cruzar datos entre clientes y proveedores, asegurando que todo esté en orden. Aquí te explicamos en detalle cómo hacerlo paso a paso, para que no te quede ninguna duda.

¿Qué es el modelo 347 y para qué sirve?

El modelo 347 es una declaración anual que informa a Hacienda sobre operaciones comerciales superiores a 3.005,06€ realizadas con clientes o proveedores dentro de España. Es una declaración informativa, es decir, no implica pago de impuestos, pero es obligatoria. Su objetivo es que Hacienda pueda comparar las declaraciones de ambas partes (tú y tu cliente/proveedor) y evitar posibles discrepancias en los registros.

Este formulario cubre tanto ventas como compras, y debe incluir cualquier operación que, sumando las facturas del año, supere el umbral. Recuerda que esto incluye facturas emitidas y recibidas, siempre y cuando el total anual con un tercero sobrepase esa cifra.

Autónomo revisa si sus operaciones con terceros superan los 3.005,06 euros y tiene que presentar el modelo 347

¿Qué operaciones se declaran en el modelo 347?

En el modelo 347 se declaran todo tipo de compraventas de bienes y servicios cuando el conjunto de estas es superior a 3.005,06€ anuales. Si es tu caso, felicidades, tienes una cita anual con el modelo 347. Aquí reportarás todas tus operaciones con terceros, excepto aquellas que están exentas. Porque sí, en efecto, hay algunas operaciones que quedan fuera de este modelo y ahora te las enumeramos.

¿Qué operaciones no se incluyen en el modelo 347?

 No son muchas, pero son importantes, y mejor tenerlas todas juntas:

  1. Importaciones y exportaciones, tanto internacionales como aquellas desde la península a Canarias, Baleares y Ceuta y Melilla, de las que Hacienda tenga información. Vamos, aquellas que ya hayas declarado en otro modelo.
  2. Las operaciones que no requieran factura y operaciones exentas de IVA, como la asistencia sanitaria, las actividades educativas, las prácticas del deporte…
  3. Las operaciones realizadas al margen del trabajo autónomo. Si compras unos suplementos vitamínicos mensuales para ti no tendrás que declararlos aquí.
  4. Las operaciones que hayas realizado de manera gratuita.

Operaciones intracomunitarias y el modelo 347

Las operaciones intracomunitarias (aquellas realizadas con clientes o proveedores de otros países de la Unión Europea) no deben declararse en el modelo 347, sino en el modelo 349, que está específicamente diseñado para operaciones dentro del mercado único europeo.

Eso sí, si realizas transacciones con empresas o autónomos de otros países de la UE, debes asegurarte de cumplir con los requisitos del modelo 349. Solo si las operaciones no alcanzan los umbrales mínimos para el 349, podrías tener que incluirlas en el Modelo 347, pero esto es raro. Si dudas, lo mejor es consultarlo con un asesor fiscal para evitar errores.

Subvenciones y modelo 347

Es fácil olvidarse de incluir subvenciones en el modelo 347, pero es vital que lo hagas si has recibido más de 3.005,06€ de cualquier entidad pública o privada en el año fiscal. Las subvenciones también cuentan como “operaciones”, y es importante reflejarlas en la declaración para no tener problemas con Hacienda.

Si recibes ayudas públicas, becas, u otro tipo de financiación, es tu responsabilidad incluirlas. Si no las declaras, aunque sea por olvido, podrías enfrentarte a multas o revisiones por parte de Hacienda. Mejor prevenir que lamentar.

Autónoma revisa los requisitos de presentación del modelo 347 para saber si tiene que hacer la declaración anual de operaciones con terceros.

Plazos de presentación

La declaración del modelo 347 correspondiente al ejercicio se presenta durante el mes de febrero del año siguiente. Es fundamental que cumplas con el plazo, ya que presentar fuera de tiempo puede derivar en multas importantes, que van desde 300€ hasta 20.000€, dependiendo de la gravedad de la omisión o error.

¿Quieres que te llegue una notificación cuando tengas que presentar tus modelos anuales o trimestrales de autónomos? Échale un vistazo a nuestro calendario fiscal de autónomos, instálatelo y a gozar. Si aparte del aviso, quieres vivir como un marqués, deja que los modelos te los presente uno de nuestros asesores fiscales.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

Como ya hemos comentado, la mayoría de autónomos y empresas que tengan operaciones con un importe superior a 3.005,06€ anuales (tanto de compras como de ventas) tendrán que presentar el modelo 347.

Esto es, no importa si eres cliente o proveedor, tendrás hacer la declaración anual de operaciones con terceras personas si tus ventas o compras superan el umbral.

¿Quién está exento?

Antes hablábamos de operaciones exentas, ahora de personas exentas. No tendrás que hacer la declaración anual de operaciones con terceras personas físicas si:

  • Tus operaciones anuales en conjunto no superan los 3.005,06€.
  • Tu domicilio fiscal o sede empresarial se encuentra fuera de España.
  • Si ya has declarado las operaciones en otros modelos, como el Modelo 180 para alquileres o el Modelo 349 para operaciones intracomunitarias.
  • Si perteneces a sectores exentos de IVA, como algunas organizaciones sin ánimo de lucro o empresas del ámbito educativo y sanitario.
  • Tributas a la vez por el método de estimación objetiva del IRPF y por alguno de estos regímenes especiales de IVA simplificado: el de agricultura, ganadería o pesca o por el recargo de equivalencia

¿Cómo rellenar el modelo 347 paso a paso?

Autónomo revisa las facturas que tiene que incluir en su presentación del modelo 347.

La presentación del modelo 347 es fácil, pero necesitarás tener a mano cierta información importante, como los datos de tus clientes y proveedores y de todos los servicios y operaciones con terceras personas que hayas realizado. Ya, con estos datos, podrás empezar a completar la declaración online en la página de Hacienda. Recuerda, marinero, para entrar, necesitas Cl@ve PIN o un certificado electrónico. Dicho esto, ¡aquí van unas instrucciones para el modelo 347!

  • Lo primero que tendrás que indicar es el ejercicio (el año) y tus datos como declarante. Estos incluyen el NIF, el nombre y apellidos y el número de teléfono.
  • Después, tendrás que indicar si estás presentando una declaración sustitutiva (si va a sustituir a otra declaración informativa anterior) o complementaria (si vas a completar datos que no incluiste en una declaración pasada).

Si no es ninguna de estas y simplemente vas a hacer la presentación modelo 347 anual que te toca, no tendrás que seleccionar nada en esta casilla.

  • Pasamos al plato fuerte: el resumen de las operaciones. En esta parte tendrás que indicar la cantidad de dinero total de las operaciones, así como el total de inmuebles y alquileres de locales de negocio involucrados (si los hay). Por otra parte, te tocará incluir el número total de entidades o personas físicas con las que las has realizado.
  • Para terminar, tenemos el declarado. Aquí tendrás que incluir los datos de todos los clientes y proveedores con los que has realizado operaciones caso por caso. Es decir, tendrás que rellenar un cuadro de “declarado” por cada persona o entidad con la que hayas realizado una operación. Además, por cada uno tendrás que indicar:
    • Su NIF y otros datos de identificación.
    • El código de su país (si en el modelo 347 tienes que incluir clientes o proveedores extranjeros que no hayas metido en otros modelos) o de su provincia.
    • Las claves de las operaciones (con letras de la A a la G) y su importe. Las diferentes operaciones son compras a proveedores (A), ventas a clientes (B), cobros por parte de terceros superiores a 300,51€ (C), compras de bienes ajenos al trabajo por Entidades Públicas (D), y ventas (F) y compras de agencias de viaje (G).
Los datos que hay que incluir de tus clientes o proveedores en la presentación del modelo 347

Rellenar el Modelo 347 es sencillo, pero requiere organización. Debes dividir el contenido en varias secciones:

  1. Datos del declarante: Aquí incluyes tu NIF, nombre o razón social, y dirección fiscal.
  2. Operaciones con terceros: En esta sección se desglosan todas las operaciones que superen los 3.005,06€. Tendrás que detallar el NIF de cada cliente o proveedor, el importe total facturado durante el año, y el tipo de operación (compras, ventas, arrendamientos, etc.).
  3. Alquileres: Si recibes más de 3.005,06€ en alquileres, deberás declararlo también en el Modelo 347.

Un consejo práctico: mantén un registro detallado de todas tus facturas y transacciones durante el año. Esto te facilitará mucho la vida al rellenar la declaración, evitando errores o faltas de información.

Modificaciones del modelo 347: cómo corregir errores

¿Te diste cuenta de que te olvidaste de incluir una factura o de que cometiste un error? ¡No te preocupes! Si ya has presentado el modelo 347 y detectas algún fallo, tienes la opción de hacer una declaración complementaria o sustitutiva.

Ten en cuenta que existen tres casos con consecuencias diferentes, dependiendo de cuándo presentes estas correcciones:

  • Si te equivocas, pero te das cuenta a tiempo y lo rectificas antes de que se acabe el plazo de presentación del modelo 347, no pasará nada. Es decir, que si presentas una declaración sustitutiva o complementaria que arregle los fallos que cometiste dentro del plazo de presentación del modelo, respira porque está todo bien.
  • Si te equivocas y no te das cuenta a tiempo, pero lo haces antes que Hacienda, te caerá una multa, pero rebajada al 50%. Para esto tendrás que presentar a toda mecha otra declaración del modelo 347 que sea sustitutiva (para cambiar entera una anterior) o complementaria (para añadir o cambiar datos en los que te equivocaste).
  • Si te equivocas y la Agencia Tributaria te exige que lo arregles antes de que te des cuenta, tendrás que pagar la multa completa de 20€ por dato erróneo o que falte (con, repetimos, un mínimo de 300€ y un máximo de 20.000€).

Si quieres ser un autónomo ejemplar, de esos que no se equivocan nunca, te recomendamos que cuentes con la ayuda de una gestoría online de autónomos. Los asesores fiscales personales de TaxScouts estarán a tu lado para que tus impuestos de autónomos en España estén al día y así evites multas indeseadas.

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