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Bienvenido al modelo 149, el que necesitarás para acogerte a la famosa Ley Beckham. Como todo el resto, este modelo tiene sus cosas. Y a eso hemos venido: ¡a contártelas! Qué es el 149, cómo solicitarlo, cuándo se presenta… tienes que tener todo esto claro. Quién sabe, igual te esperan algunos beneficios fiscales al final del túnel.
Si ya sabes que no son lo tuyo, no te preocupes: presentamos el modelo 149 (y otros tantos más) por ti. Deja el papeleo en manos de asesores expertos que resolverán todas tus dudas.
Vamos al meollo. El modelo 149 de la Ley Beckham es un modelo informativo, es decir, es el que usarás para informar a Hacienda de que quieres acogerte a esta ley y su forma de tributación.
No es un impuesto como tal, es el modelo con el que puedes comenzar a tributar según las condiciones que ofrece la Ley Beckham.
El beneficio principal es que pagas un porcentaje fijo de impuesto, en vez del IRPF progresivo. En concreto, tributarás al 24% tus primeros 600.000€ de ingresos y a partir de esa cantidad el porcentaje asciende al 47%.
La Ley Beckham, conocida así porque el exfutbolista se acogió a ella, es un régimen fiscal especial para desplazados que vienen a trabajar a España. Como toda ley tiene sus requisitos y su letra pequeña. Te dejamos un artículo bien completito sobre la Ley Beckham si quieres ponerte al día.
El régimen especial al que se puede acceder con el modelo 149 es aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español que cumplen con los requisitos.
Principalmente, el modelo 149 sirve para acogerse al régimen fiscal especial que ofrece la Ley Beckham.
Además, las ventajas tributarias que presenta son una oferta atractiva para captar profesionales. Este modelo también sirve para atraer a trabajadores nacionales y extranjeros cualificados a España.
Recuerda, presentar el modelo 149 no es una obligación. Acogerse a esta forma de tributación es algo opcional.
No todo el mundo puede presentar el modelo 149, tienes que cumplir ciertos requisitos, los de la Ley Beckham:
Compartir es vivir, así que tú cónyuge e hijos menores de 25 también pueden beneficiarse de los beneficios de la Ley Beckham.
¿Has comprado que cumples todos los requisitos? Si la respuesta es afirmativa, ya estás un pasito más cerca de catar las mieles de la Ley Beckham. Solo te falta rellenar el modelo 149 de la AEAT.
Rellenar modelos puede ser un poco tedioso. Deja que un asesor experto presente el modelo 149 y otros tantos más por tí. Fácil y sin complicaciones ¡Adiós al papeleo!
Bien, si cumples con los requisitos es hora de reunir la documentación que acredite tu situación personal y profesional. Antes de presentar el modelo 149, tendrás que acceder al trámite específico Aportar documentación necesaria para optar por el régimen especial.
Para la presentación electrónica del modelo 149 en la AEAT selecciona Modelo 149. Presentación. Debes identificarte mediante Cl@ve, certificado o DNI electrónico .
Una vez dentro de la solicitud, cumplimenta el formulario con los datos que soliciten.
En la parte inferior puedes pulsar Validar declaración y se hará una comprobación de errores en la solicitud. Cuando no haya errores podrás pulsar Firmar y Enviar para finalizar el proceso. Bon voyage, modelo 149.
Si la solicitud se ha realizado correctamente, recibirás una hoja de respuesta con la información presentada donde aparecerá su presentación ha sido realizada con éxito.
Ahora solo queda esperar que la Agencia Tributaria revise la solicitud y la apruebe o deniegue. Ten paciencia, es un proceso que puede demorar desde unas pocas semanas hasta varios meses.
Atento, para presentar el modelo 149 además de cumplir los requisitos también tienes que cumplir con los plazos.
Dispones de 6 meses para presentar el modelo desde el momento en el que comienzas a vivir en España.
Si quieres renunciar a la aplicación del régimen especial también se solicita a través del modelo 149. Esta solicitud se presenta durante los meses de noviembre y diciembre.
¡Autónomo! Nos encargamos de todo para que tú no te preocupes por nada. Además, tu asesor personal resolverá todas tus dudas en menos de 24 horas.
Déjanos tu contacto y te mandaremos noticias, recordatorios o algún consejo sobre el tema que más te interese. No te asustes, solo lo haremos de vez en cuando.
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