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Ley Beckham: declara la renta con el modelo 151

  • Léelo en 3 min
  • Guía actualizada el 22/08/2024
Persona rellena en el ordenador el modelo 151

La Agencia Tributaria tiene muuuchos modelos para realizar diferentes trámites y solicitudes. Hoy venimos a hablarte del modelo 151. Si estás acogido a la Ley Beckham es esencial que lo conozcas porque es el documento que tienes que rellenar para hacer la declaración de la renta.

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¿Qué es el modelo 151?

Por norma general, para presentar la declaración de la renta debes envíar a la Agencia Tributaria el modelo 100. Pero esto cambia si te beneficias del régimen especial para trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español o más conocida como Ley Beckham.

Entonces, ¿qué es el modelo 151?

El modelo 151 de la AEAT es el formulario que deben rellenar las personas acogidas a la Ley Beckham para hacer la declaración de la renta.

Pongamos un poco más de contexto. En 2023 se publicó una orden que aprobaba modelos de comunicación adaptados a la Ley Beckham:

  • Modelo 149: sirve para comunicar a Hacienda que quieres acogerte al régimen especial.
  • Modelo 151: sirve para declarar el IRPF si estás acogido al régimen especial.

En resumidas cuentas, el modelo 151 de la AEAT y la declaración de la renta son lo mismo. Siempre y cuando estés acogido a la Ley Beckham. Este modelo te permite hacer la devolución del IRPF, si es que Hacienda te debe dinero, o por el contrario ingresar lo que aún debes tú. Vamos, lo que se conoce como si la renta te sale a pagar o a devolver.

Repaso rápido. La Ley Beckham es un régimen fiscal especial para desplazados que vienen a trabajar a España. Si te acoges a esta normativa pagarás menos IRPF que el resto de contribuyentes. En concreto, tributarán al 24% tus primeros 600.000€.

¿Quién tiene que presentar el modelo 151?

Aquí no hay vuelta de hoja. Solo tienen que presentar el modelo 151 aquellas personas a las que se les aplique el régimen especial de la Ley Beckham.

¿Cómo se presenta el modelo 151?

Puedes presentar el modelo 151 a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria siguiendo unos sencillos pasos. 

Lo primero, localiza la pestaña del modelo 151 en la AEAT y una vez allí pulsa en Modelo 151. Ejercicio 2023 y siguientes: Presentación. Para acceder tendrás que identificarte con cl@ve, certificado digital o DNI.

Una vez dentro tienes que rellenar los campos obligatorios del formulario. En la parte superior aparecen varias pestañas para que puedas indicar el epígrafe de la actividad que realices.

Modelo 151 de la AEAT

Rellenar modelos puede ser un poco tedioso. Deja que un asesor experto presente el modelo 151 y haga tu declaración de la renta ¡Adiós al papeleo!

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En la parte inferior puedes ver más detallados todos los epígrafes en la pestaña Apartados junto con la barra de acciones.

Epígrafes del modelo 151

Una vez hayas rellenado el modelo pulsa Validar declaración. Si hay algún error o aviso en el formulario te lo indicará y podrás corregirlo desde los botones Ir al error o Ir al aviso.

Si ya tienes la declaración sin errores ya estás a un pasito de presentar el modelo 151. Cuando hayas validado el formulario tienes que pulsar el botón Formalizar Ingreso/Devolución.

Selecciona el tipo de declaración. Según si te sale a pagar o a devolver te pedirá unos datos u otros sobre el pago.

Selección del tipo de declaración en el modelo 151

Por último pulsa en Firmar y Enviar. Si todo es correcto recibirás una hoja de respuesta en la que aparece Su presentación ha sido realizada con éxito con los datos del trámite.

Recibo de presentación del modelo 151

¿Cuándo se presenta el modelo 151?

En general, el plazo para presentar la declaración de la renta con el modelo 151 es el mismo que se aprueba para el resto de declaraciones del IRPF. Este periodo comienza a principios de abril y termina a finales de junio.

¡Oye! Te presentamos la declaración de la renta con el modelo 151. No esperes más a conocer a tu asesor fiscal. Se encargará de resolver todas tus dudas. Todo 100% online.

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