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Modelo 210

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Otro fichaje más para nuestra web. Esta vez hablamos del modelo 210, o como también es conocido, el modelo para no residentes. ¿Te animas a saber más de él? ¡Pues vamos!

¿Qué es el modelo 210?

Bueno, a lo que se refiere la AEAT con modelo 210 es a la declaración de la renta de personas no residentes en España. Lo que se llama Impuesto sobre la Renta de No Residentes (el IRNR). ¿No te suena el nombre? Es prácticamente lo mismo que nuestro conocido Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (el IRPF de toda la vida). Y como probablemente ya hayas podido pensar, el modelo 210 es el IRPF pero de las personas que no residen en España. A través de este modelo, las personas no residentes en España declaran las rentas que han tenido en España durante el año (solo las rentas obtenidas en España).

 

Ahora bien. ¿Quién es no residente? Pues bastante simple. Todo dependerá de los días que hayas vivido en España durante tu año de llegada al país. Si has estado viviendo en España durante más de 183 días en el año que llegaste (lo que viene siendo la mitad del año), entonces eres considerado residente y, como tal, tendrás que presentar el modelo 100 (la declaración de la renta). Claro que si no has cumplido estos días mínimos (o sea, si llevas menos de 183 días en España) no eres residente y lo que tienes que presentar es el modelo 210

¿Cuándo se debe presentar el modelo 210?

En esta declaración para extranjeros existen varias formas de tributar dependiendo de cómo se consigan las rentas, y cada una tiene un plazo para hacerlo. Te las enumeramos:

  • Rentas que tengas por alquilar tus inmuebles: puedes declararlas durante todo el año siguiente.
  • Rentas que tengas por la venta de inmuebles: un mes desde que hagas la venta.
  • Resto de rentas (sueldo, rentas por actividades económicas…): Cada trimestre, igual que las trimestrales de autónomos.  Eso sí, si en la declaración te sale que tu cuota a pagar es de cero euros (que suele ser lo normal cuando trabajas en una empresa y te aplican las retenciones) el plazo para presentar el modelo 210 es del 1 al 20 de enero del año siguiente. Si por el contrario la renta te sale a devolver tienes de plazo para presentarla desde el 1 de febrero hasta 4 años más.

Por ejemplo, si las ganancias que tienes son porque eres propietario de una vivienda en España y la tienes alquilada, puedes declararlo durante todo el año natural. Si lo que tienes son ingresos de actividades económicas (si tienes un negocio en España del que eres autónomo), tendrías que presentar el modelo 210 cada trimestre. Si lo que tienes es un salario en una empresa española, normalmente te estarán aplicando la retención correctamente y tu cuota salga cero, así que podrías seguir las fechas de arriba.

Queremos añadir que, si te interesa saber más sobre el modelo 210, te podemos contar más sobre impuestos para nuevos residentes en España

Fin. ¿Necesitas presentar el modelo 210? ¿La declaración de la renta quizá? ¿Buscas asesoramiento fiscal personalizado? Sea lo que sea, cuenta con nosotros como gestoría online de confianza. Porque sabemos que a veces los impuestos se te pueden hacer bola, ¡mejor dejar tu declaración de la renta en manos de nuestra asesoría!

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