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Para empezar, queremos aclarar que con lo de rentas nos referimos a ganancias, evidentemente. Por lo tanto, en esta guía te contaremos por qué ganancias que hayas podido tener durante el año fiscal no tendrás que pagar impuestos (porque están exentas de IRPF). Si has cotilleado otros contenidos de los nuestros (y si no, ¡deberías! 😉), habrás visto que siempre decimos que en el IRPF se tienen que incluir tooodas las rentas (ganancias) que hayas tenido durante el año anterior al que presentas la declaración de la renta. Por ejemplo, en 2024 incluirás tooodo lo que ganaste en 2023. Así pues, las ganancias que tienes que incluir en tu declaración de IRPF son:
Normalmente, esto funciona como te hemos contado hasta ahora. Pero, como siempre hay una excepción para confirmar la regla, hay algunas rentas exentas en el IRPF. ¿Vemos cuáles son?
Una renta exenta es aquella que no tributa en el IRPF, y por tanto, una ganancia por la que no se tienen que pagar impuestos. ¿Por qué existen estas exenciones de renta? Los motivos pueden ser muchos. Económicos, sociales, políticos, etc. Pero, en general, lo que se procura es proteger al ciudadano fiscalmente cuando está en una situación desfavorable. O sea, que si alguien tiene muy poquitos ingresos, no tenga que pagar parte de ellos en impuestos y se quede aún con menos dinero para vivir.
Las rentas exentas no se incluyen en la declaración de la renta y, por tanto, no se deben tener en cuenta para cumplir las obligaciones fiscales. ¿Quieres un ejemplo de obligación fiscal? Pues el tener que presentar la renta, por ejemplo. Lo vemos.
Puede que sepas que para tener la obligación de presentar la declaración de la renta tienes que haber ingresado 22.000€ brutos anuales. Esto quiere decir que, si tus ingresos anuales (contando las rentas exentas) suman 22.000€ en total, al no sumarse estas rentas al resto de ganancias que hayas tenido, no llegarías al límite obligatorio para presentar la declaración de la renta y por tanto, no tendrías que hacerlo. Con una excepción: la reinversión en vivienda habitual sí se incluye en tu declaración, aunque esté exenta de tributar.
Las rentas que forman parte de este grupo están especificadas principalmente en la normativa de IRPF (artículo 7 de la Ley de IRPF) y, en menor medida, en otras leyes. Es decir, que no puedes inventarte que una de tus rentas esté exenta en el IRPF, porque las que lo están, vienen marcadas por la ley.
Ahora que tenemos bien claro lo que son las rentas exentas en el IRPF, veamos algunos ejemplos de las 10 rentas exentas más importantes.
Si te han despedido o cesado del trabajo improcedentemente, la cantidad de indemnización que te hayan dado queda exenta de impuestos hasta 180.000€. Lo que pase de esa cantidad tendrás que declararlo como un rendimiento del trabajo más (o sea que pagarás impuestos por ello en el IRPF). Esto se mantendrá siempre y cuando quedes desvinculado de la empresa. Es decir, que no vuelvas a trabajar en ella en los siguientes tres años al despido.
Seguimos con rentas que tienen que ver con el paro. Si has decidido retirar todo el dinero del paro al que tenías derecho para empezar una actividad como autónomo o como socio en una sociedad, ese dinero está exento de IRPF cuando hagas la declaración de la renta este año. A esto se le llama capitalizar el paro. Y, por cierto, si estás en paro y quieres empezar un negocio, tenemos algo interesante para ti: ¿Se puede cobrar el paro y ser autónomo?.
El límite para que estos rendimientos sean exentos en el IRPF es de 60.100€ brutos anuales, siempre que la empresa no tenga sede en España y que en el país que estés trabajando se te aplique un impuesto similar al IRPF.
Las ganancias (intereses, principalmente) que genere tu plan de ahorro a largo plazo están exentas de impuestos, siempre y cuando no lo saques (todo o una parte) antes de cinco años desde que lo abras.
Estas ayudas por situaciones desfavorables tampoco se cuentan a la hora de pagar impuestos. Aunque el máximo anual (para la suma de todas ellas) es de 11.862,90€ (1,5 veces el IPREM). O sea, que si has cobrado más de eso en este tipo de ayudas, tendrás que declararlo (y pagar impuestos por ello) en el IRPF.
Si en 2023 cobraste prestaciones de maternidad o paternidad o retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienes que declarar esos importes exentos. Además, puedes deducirte las retenciones de IRPF que se te hayan aplicado durante el año. Esto significa que la parte de estas prestaciones que se fue en IRPF, podrás deducirla de tu base.
Si quieres saber un poco más cómo funciona la declaración de la renta y cuándo se resta qué, te lo contamos todo en la guía de conceptos básicos para la declaración de la renta.
Si recibes una pensión alimenticia de tu pareja para tus hijos por orden del juzgado, aunque sí tendrás que incluir esa paga en tu declaración (tendrá que aparecer esa cantidad en la base imponible con el resto de tus ingresos), se te rebajará en la cuota final que debes pagar. Esto es porque se aplica por separado el porcentaje de impuesto de la pensión alimenticia y la del resto de rentas, haciendo que el gravamen total sea menor (que pagas menos impuestos, vaya).
Están exentas las prestaciones por acoger personas con discapacidad, mayores de 65 años o menores, en todas las modalidades: acogimiento simple, permanente o preadoptivo. También lo están las ayudas públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% o mayores de 65 años que sirvan para financiar su estancia en residencias o centros de día. Esto es así siempre y cuando el resto de sus ingresos no superen los 15.817,20€ (el doble del IPREM).
Las becas para cursar estudios reglados (bachillerato, grados, ciclos formativos, másters y demás) y las becas de formación de investigadores son rentas que están exentas de tributar en el IRPF. Las cantidades por las que no tendrás que pagar impuestos variarán si la beca es en España o en el extranjero.
Existen cuatro grados de invalidez reconocidos por la Seguridad Social, pero tan solo dos de las indemnizaciones están exentas de IRPF: la de incapacidad permanente absoluta y la de gran invalidez. También quedarían exentas las ayudas de otros pagadores que sirvan como alternativa a la Seguridad Social, como las Mutualidades de Previsión Social, siempre y cuando los grados de invalidez coincidan con los dos que te hemos contado.
Estas son diez de las 27 rentas exentas que existen en la Ley de IRPF. Pero también existen ganancias patrimoniales exentas de la declaración de la renta que quizá te interese leer.
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