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Ley Crea y Crece, ¿cuándo entra en vigor?

  • Léelo en 6 min
  • Guía actualizada el 18/07/2025

La Ley Crea y Crece es una normativa clave para los autónomos y empresas en España, especialmente por la introducción de la facturación electrónica obligatoria. Su objetivo principal es simplificar trámites, reducir la morosidad e impulsar el crecimiento empresarial. Pero, ¿qué implica exactamente la Ley Crea y Crece y la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria? Aquí te lo aclaramos todo.

¿Qué es la Ley Crea y Crece?

La Ley Crea y Crece, oficialmente conocida como Ley 18/2022, es una normativa aprobada con el propósito de facilitar la creación y el crecimiento de las empresas en España. Busca digitalizar las relaciones empresariales y fomentar un entorno más ágil y competitivo.

Algunas de sus medidas más destacadas son:

  • La reducción del capital social mínimo para constituir una Sociedad Limitada. Ahora solo necesitas 1 € para crear tu empresa, pero tendrás que destinar más dinero a la reserva legal.
  • La obligación de utilizar la factura electrónica para autónomos y empresas en operaciones b2b del sector privado.

Ley Crea y Crece: facturación electrónica obligatoria

Una de las grandes novedades de esta ley es la implantación de la facturación electrónica obligatoria. Esto significa que las empresas y autónomos deberán emitir y recibir sus facturas de manera electrónica, garantizando así su autenticidad e integridad. La intención es mejorar la transparencia fiscal y reducir la morosidad.

Esta medida se enmarca dentro de un contexto más amplio de digitalización fiscal, junto con iniciativas como Verifactu, que también busca un mayor control de las facturas por parte de Hacienda para reducir el fraude fiscal.

A quién afecta la factura electrónica de la Ley Crea y Crece

La facturación electrónica obligatoria afecta a todos los autónomos y empresas que operan en territorio español y realizan transacciones comerciales con otros profesionales o sociedades (operaciones B2B).

Las únicas excepciones contempladas por la ley son:

  • Facturas simplificadas. En general, son facturas de menos de 400 € con IVA incluido.
  • Facturas emitidas voluntariamente, o sea, si haces una factura en una operación donde la ley no te obliga a hacerlo.
  • Operaciones internacionales donde el destinatario no tiene sede o establecimiento permanente en España.
  • Operaciones de venta directa al consumidor (b2c o business to consumer). Por ejemplo, cuando vas a comprar a una tienda de ropa. A ti, como cliente final no tienen que hacerte una factura electrónica, sin embargo, a sus proveedores sí.

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Ley Crea y Crece: entrada en vigor de la factura electrónica

La Ley Crea y Crece ya ha entrado en vigor. Sin embargo, la medida de facturación electrónica obligatoria todavía no lo ha hecho, ni se sabe la fecha exacta de cuándo lo hará. Aún está pendiente la publicación de un Real Decreto que recoja la regulación y especificaciones técnicas de las facturas electrónicas. Aunque en estos momentos no se haya publicado, se prevé que lo haga durante este año 2025.

La entrada en vigor de la facturación electrónica según la Ley Crea y Crece se divide en dos fechas clave:

  • Empresas y autónomos con una facturación anual superior a 8 millones de euros: obligados a emitir facturas electrónicas un año después de que se apruebe el reglamento específico.
  • Empresas y autónomos con una facturación inferior a 8 millones de euros: la obligación comienza dos años después de la aprobación de dicho reglamento.

Desarrollo reglamentario Ley Crea y Crece

Para que la factura electrónica sea obligatoria, falta la aprobación del reglamento que detalla cómo se deberá implementar esta medida. Este Real Decreto es esencial para aclarar aspectos como el formato exacto de las facturas electrónicas, aunque será obligatorio utilizar formatos estructurados como Facturae o UBL, caracterizados por utilizar lenguaje XML. 

La aprobación de este reglamento es una de las tareas pendientes para que la ley sea completamente operativa.

Novedades desarrollo reglamentario Ley Crea y Crece

Aunque no se ha publicado el Real Decreto que regula la factura electrónica obligatoria, ya tenemos un borrador con detalles muy claros. Te los contamos:

  • Formatos válidos: podrás usar formatos electrónicos estructurados como Facturae, UBL, EDIFACT o CII. Todos usan un lenguaje estándar (XML) que permite un intercambio automático con Hacienda.
  • Plataforma pública gratuita: Hacienda pondrá en marcha una solución pública gratuita para emitir, recibir y consultar facturas electrónicas. También servirá como repositorio obligatorio para guardar todas las facturas electrónicas emitidas.
  • Plataformas privadas y conexión: si utilizas plataformas privadas, estas tendrán que conectarse entre sí (gratis) y además enviar una copia de tus facturas a la plataforma pública. Así no hace falta que accedas tú mismo a la plataforma de la AEAT.
  • Comunicación de los estados de la factura: tendrás que informar sobre la aceptación o rechazo de cada factura y también comunicar la fecha exacta de pago. Para esto tendrás 4 días hábiles desde que ocurra el evento (aceptación, rechazo o pago).
  • Firma electrónica obligatoria: las facturas deben llevar una firma electrónica avanzada o sello electrónico cualificado para asegurar su autenticidad.

Dudas frecuentes sobre la Ley Crea y Crece de facturación electrónica

¿Podré seguir enviando mis facturas en PDF?

Solo durante un tiempo limitado. Las empresas que facturen más de 8 millones de euros tendrán que acompañar obligatoriamente sus facturas electrónicas con una copia en PDF durante el primer año desde la entrada en vigor del reglamento. Pasado este periodo, el PDF dejará de ser válido oficialmente, solo serán obligatorios los formatos electrónicos estructurados como Facturae o UBL.

¿Qué ventajas tiene la factura electrónica obligatoria?

La facturación electrónica trae ventajas como:

  • Ahorro de tiempo y costes administrativos, se reduce el consumo de papel.
  • Reducir errores humanos y facilitar el seguimiento de cobros y pagos.
  • Tener mayor agilidad para controlar las facturas emitidas y recibidas.
  • Hacienda puede verificar fácilmente los pagos, lo que ayuda a reducir la morosidad.

¿Es obligatorio usar la plataforma pública de Hacienda?

No es obligatorio utilizarla para emitir o recibir tus facturas, pero sí tienes que enviar siempre una copia de cada factura al repositorio público de Hacienda. Será universal y obligatorio. Funcionará como archivo centralizado para facilitar el control fiscal y el seguimiento del pago de facturas.

¿Es lo mismo Verifactu que la factura electrónica obligatoria?

No, veamos la diferencia. Aunque es normal confundirse porque ambas medidas afectan a la facturación de autónomos y empresas:

  • Verifactu regula cómo tienen que ser las facturas que se emitan a través de programas o sistemas informáticos de facturación (SIF). El objetivo principal es reducir posibles fraudes fiscales. Algunos de los cambios que trae Verifactu son:
    • Las facturas tendrán que incluir un QR que contenga la información de la factura. 
    • Elección voluntaria de remitir tus registros de facturación de forma automática a la Agencia Tributaria. 
  • La factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) te obliga a emitir facturas en formatos específicos (Facturae, UBL…) y enviarlas a un repositorio central gestionado por Hacienda.

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