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Es común que haya dudas sobre cómo declarar las acciones, porque comprar acciones puede generar beneficios que habrá que declarar. No obstante, hay que tener en cuenta que la compra de acciones no implica ninguna obligación de tributar, la obligación de pagar impuestos surge cuando se venden. En ese caso, hay que pagar el IRPF en la declaración de la renta.
Los rendimientos o pérdidas generados por la venta de acciones deben incluirse en la declaración de la renta en el apartado de Ganancias y pérdidas patrimoniales (casillas 0312 a 0343).
Lo primero que hay que tener en cuenta sobre cómo declarar las acciones es que la compra de acciones no implica la obligación de declararlas en la renta, si no que la obligación surge cuando se venden. Si no haces ningún movimiento de acciones, no tributas, ya que no hay ganancia ni pérdida, aunque suban o bajen de valor. Eso sí, no hay un mínimo a partir del cual es obligatorio incluir las ganancias obtenidas con la venta de acciones, desde que realizas una venta, habría que incluirla.
Así es como tributan las acciones por tramos:
Utiliza nuestra calculadora para ver cuánto te corresponde pagar por la venta de tus acciones:
Los primeros 2.000€ tributan al 19%: 380€
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Para las personas físicas (no empresas), los beneficios de la venta de acciones, bienes inmobiliarios (casas, locales, etc.), criptomonedas, fondos y otros activos financieros están sujetos al IRPF.
Estas ganancias tributan por tramos:
En tu caso, siendo tus ganancias de capital de 2.000€, pagarás en total380€.
Si la venta de tus acciones te ha supuesto una pérdida, estas pérdidas patrimoniales se compensan con las ganancias derivadas de otras transmisiones, y si el resultado global es de pérdida, podrá compensarse hasta el 25% con las ganancias de los rendimientos del capital (si no hubiera ganancias no podrías compensarlo). No te compliques con tanto cálculo y deja que nos encarguemos de tu declaración de la renta por 69,90€.
Si te preguntas cómo declarar las acciones en caso de compraventa mediante brókers extranjeros como Degiro, eToro, Revolut, XTB, Interactive Brokers u otros, tienes que saber que las obligaciones son las mismas que en el caso anterior: es obligatorio incluir las pérdidas o ganancias obtenidas de la venta de acciones en el apartado de apartado de Pérdidas y Ganancias Patrimoniales de la declaración de la renta.
En este caso, las operaciones no aparecerán en el borrador de la declaración de la renta, pero es obligatorio incluirlas.
Para calcular el importe a incluir en la declaración de la renta hay que aplicar el tipo de cambio de la divisa en la que esté la acción (por ejemplo, dólar) a euros del día en que se hizo la venta.
Igual que en el caso anterior, el comprar o simplemente tener acciones en el extranjero, no implica la obligación de declararlas en la renta, si no que la obligación surge cuando se venden. Si no haces ningún movimiento de acciones, no tributas, ya que no hay ganancia ni pérdida, aunque suban o bajen de valor.
Si se tienen acciones en brókers extranjeros, hasta hace poco era siempre obligatorio presentar el modelo D6.
Ahora, solamente lo tienes que presentar si tienes acciones por valor de un 10% o más de la sociedad.
Este es un modelo que se presenta del 1 al 31 de enero indicando las acciones que se te tuvieran en brókers extranjeros a fecha 31 de diciembre.
Es un modelo informativo que no implica el pago de ningún impuesto, pero no presentarlo puede acarrear una sanción del 25% del importe no declarado (con un mínimo de 3.000 euros), o hasta 600 euros de multa si se hace fuera de plazo.
Además del modelo D-6, si el valor de las acciones en el extranjero a 31 de diciembre superara los 50.000 euros, también hay que presentar el modelo 720.
También se trata de un modelo informativo, que no implica el pago de impuestos, pero es obligatorio presentarlo. El plazo es hasta el 31 de marzo.
Habría que solicitar un registro al bróker que se utilice de las operaciones realizadas durante el año anterior (recuerda que la declaración de la renta se hace del año anterior terminado, es decir, de abril a junio se hace la declaración de la renta del año que acabó el diciembre anterior). Sin embargo, no todos los brókers lo proporcionan, por lo que lo mejor es llevar un registro (por ejemplo, en Excel) de las operaciones realizadas durante el año para incluirlas en la declaración de la renta.
En el borrador de la renta se pueden incluir hasta 48 operaciones. En caso de haber realizado más, hay que hacer un cómputo global de las operaciones a través del método FIFO (“First In, First Out”, o “primera entrada, primera salida”). Para ello hay que sumar el precio de venta de todas las acciones del mismo tipo (compañía) vendidas durante el año y restarle la suma de los precios de compra de todas las acciones del mismo tipo compradas durante el mismo año; el resultado será el importe a incluir en la declaración de la renta.
Por ejemplo, si la suma del precio de venta de todas las acciones de la empresa X vendidas en un año es de 7.000 euros, y la suma del precio de compra de todas las acciones de la empresa X que compraste en ese año es de 5.500 euros, el resultado es una ganancia de 1.500 euros, que tendrás que incluir en la declaración de la renta.
Los gastos derivados de las operaciones financieras, tanto si es compra de acciones, bonos o futuros y opciones, pueden deducirse. Para ello, hay que restarlos a la hora de calcular el rendimiento.
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