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La claves para la baja de maternidad de autónomas

  • Léelo en 13 min
  • Guía actualizada el 12/03/2024

Mamás autónomas, lo primero: ¡enhorabuena! Ser madre es una experiencia única y maravillosa, pero también es un desafío, especialmente si trabajas por cuenta propia. 

En España, las madres autónomas tienen derecho a solicitar la baja por maternidad, una prestación que les permite interrumpir su trabajo después del parto (o antes, si fuera necesario), sin perder su protección social. Esto da una cierta seguridad: tus necesidades están cubiertas y, a priori, podrías disfrutar de los primeros meses con tu bebé sin preocuparte por ganarte el pan. 

autónoma sigue trabajando durante su baja por maternidad

Ahora, no podemos pecar de ingenuas. Fenomenal la prestación, qué menos, es condición necesaria e imprescindible en un Estado del Bienestar. Sin embargo, no es la única, porque ¿qué hace una con sus clientes? Otra condición necesaria para que todo fluya es que estos respeten tu tiempo de baja, pero esto es un mercado, baby, todo va muy rápido y el proyecto es para ya.

Así, te encuentras acunando al bebé con una mano, tecleando con la otra y, en definitiva, un poquito desquiciada. Como todo de una vez no se puede, tú lo sabes, madre autónoma, en este artículo vamos a lo práctico y te explicamos cómo funciona tu baja de maternidad de autónomas en 2023.  Atenta, hablamos de todas estas cosas:

¿Existe la baja de maternidad para las autónomas?

Sí, al igual que las trabajadoras asalariadas, las madres autónomas también podéis disfrutar de una baja de maternidad. Esta prestación es un derecho en España para todas las mujeres trabajadoras, y concede un período de descanso remunerado durante y después del embarazo. Está regulado por la Seguridad Social y tiene como objetivo permitir a las mujeres dedicar tiempo a su recuperación física y emocional después del parto, así como a su bebé.

Es importante recalcar que todas las madres tienen derecho a esta prestación, incluso si no han tenido un hijo biológico. Esto significa que, si vas a adoptar o acoger un niño, también tienes derecho a la baja por maternidad de autónomas.

¿Cuánto se cobra durante la baja de maternidad?

La pregunta del siglo: ¿cuánto se cobra de baja por maternidad? Durante el período de baja por maternidad, las autónomas tienen derecho a una prestación económica del 100% de su base reguladora de cotización. Para calcular cuánto te corresponde por baja de maternidad como autónoma, tendrás que sumar las bases de tus últimos 6 meses y dividir el resultado entre 180. El importe que dé será tu prestación diaria. Lo vemos con un ejemplo:

María es una autónoma embarazada y quiere calcular cuánto cobrará durante su baja de maternidad. Lleva tres años como autónoma, y siempre ha cotizado por una base de 960,60€. La prestación de María se calculará de la siguiente manera:

  • 960,60 x 6 = 5.763,60€
  • 5.763,60/ 180 = 32,02€

María recibirá 32,02€ diarios durante su baja por maternidad. Ya solo faltaría multiplicar esta cantidad por los días totales que espera estar de baja.

autónoma juega con su hijo durante su baja de maternidad

🧠 Consejo de tu asesor de TaxScouts: como habrás comprobado, para calcular tu baja por maternidad solo se tiene en cuenta tu cotización de los últimos 6 meses. Por eso, si prevés quedarte embarazada, es mejor aumentar tu base de cotización a la máxima durante los meses antes de la baja y así aumentar la cuantía de la prestación. 

¿Cuánto dura la baja por maternidad de las madres autónomas?

La duración de la baja por maternidad para autónomas en España es de 16 semanas consecutivas desde el nacimiento o la resolución judicial de adopción o acogida. 

Sin embargo,  no es obligatorio ausentarse tanto tiempo. Una opción posible es disfrutar de las 6 semanas de descanso obligatorias posteriores al parto y transferir las otras 10 semanas restantes al otro progenitor.

Ampliación de la baja maternal

Ya hemos visto que la duración de la baja por hijo es de 16 semanas, aunque hay situaciones en las que ese periodo se puede alargar.

  • En caso de discapacidad del bebé: se conceden dos semanas de baja más.
  • Por partos múltiples: si vas a tener o adoptar más de un niño, la baja también se extenderá dos semanas más por cada hijo.
  • Por hospitalización del bebé: si tu hijo nace de forma prematura o necesita ser hospitalizado, la baja por maternidad puede alargarse hasta un máximo de 13 semanas más, por lo que  el total de la baja sería de 29 semanas.

Además, como complementaria a la baja por maternidad, las autónomas también tienen derecho a disfrutar del permiso de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses de edad, aunque el médico de la Seguridad Social o de la Mutua deberá firmarlo. Las madres autónomas que accedan a este permiso de lactancia cobrarán también el 100% de su base reguladora.

¡Ey! ¿Vas a estar de baja por maternidad dentro de poco?

Pues podemos ayudarte a comunicárselo a tus clientes. Prueba a usar nuestra plantilla salvavidas para comunicar una baja. No tendrás ni que buscar las palabras, ¡te hacemos el trabajo!

Requisitos para cobrar la prestación por maternidad para autónomas

¿Qué te exige la Seguridad Social para que puedas disfrutar de tu baja por maternidad? Así, grosso modo, hay tres requisitos

  • Estar dada de alta en la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • No tener deudas con la Seguridad Social, es decir, haber pagado todas las cuotas de autónomo.
  • Llegar al tiempo mínimo cotizado según tu edad. En la siguiente tabla puedes ver cuánto tiempo tienes que haber cotizado dependiendo de tu edad para acceder a la baja de maternidad de autónomas.

¿Mucho lío?

¿Por qué no dejas que un asesor experto se encargue de tramitar tu baja de maternidad? Soluciona todas tus preguntas y céntrate en lo importante: ser una mamá excelente 🤩

¿Qué pasa si no llego al mínimo cotizado para acceder a la baja de maternidad de autónomas?

Si tienes más de 21 años y no has cotizado la cantidad mínima que fija la Seguridad Social, no podrás acceder a la baja por maternidad para autónomas en 2023. Sin embargo, puedes optar a la prestación no contributiva de maternidad o subsidio por maternidad

Es una ayuda de 17,75€ al día que está disponible durante 42 días naturales desde el parto o la adopción. En algunos casos especiales, como partos múltiples, enfermedades, discapacidad, familias numerosas o con un solo padre, se puede extender 14 días más.

Solicitar la baja de maternidad en la Seguridad Social

Para pedir la baja por maternidad si eres autónoma, necesitarás algunos documentos:

  • Tu DNI
  • El informe médico del parto
  • El libro de familia o la certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil
  • La declaración de situación de actividad como trabajadora por cuenta propia

Puedes solicitarlo, como de costumbre, de dos formas:

  • En Internet, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Tendrás que pinchar en Trabajadores, Prestaciones / Pensiones de Trabajadores, Nacimiento y cuidado de menor y Solicitudes. Eso sí, para hacer este trámite online necesitarás un certificado digital o un documento de identidad electrónico.
  • La otra forma de hacerlo es de manera presencial pidiendo cita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentando tu solicitud. 

En ambas opciones, la Seguridad Social tiene un plazo de 30 días para tramitar la baja de maternidad.

¿Qué pasa con la cuota de autónomos durante la baja por maternidad?

¿Te has preguntado cómo puede afectar la baja de maternidad a tu cotización a la Seguridad Social? Pues saca calculadora que se vienen matemáticas. 

Si bien es cierto que hasta 2022 las autónomas no tenían que pagar cuota de autónomos durante su baja de maternidad, a partir de enero de 2021 tendrán que abonar una parte a la Seguridad Social. ¿Qué parte? La resultante de esta fórmula:

  1. Saca tu base media de cotización de los últimos 12 meses.
  2. Aplica el porcentaje del 28,30% de contingencias comunes.
  3. Al resultado de esa operación, aplícale el 20% (porque tienes una bonificación que cubre el 80% de esta cantidad).
  4. Ve aplicando los porcentajes del resto de la cotización a tu base media.
  5. Suma todo y ya tienes la cuota que tienes que pagar durante el embarazo.

Como siempre, es mejor ver cómo calcular tu cuota de autónoma durante la baja por maternidad con un ejemplo:

María ha cotizado por la base de 960,60€ desde que se dio de alta de autónoma en 2019. Ahora durante la baja, tendrá que pagar lo siguiente:

 

  • Base de cotización media durante los 12 meses anteriores a la baja: 960,60€
  • Contingencias comunes: 54,37€ (28,30% de 960,60 = 271,85. Con la bonificación del 80% queda 54,37) 
  • Contingencias Profesionales: 12,48€ (1,3% de 960,60)
  • Cese Actividad: 8,65€ (0,9% de 960,60)
  • Formación Profesional: 0,96€ (0,1% de 960,60)
  • MEI: 6,72€ (0,7% de 960,60) 

La cuota que le corresponde pagar será la suma de todas estas operaciones, en este caso, en torno a 82€ de cuota.

¿No sabes de dónde salen esos porcentajes? Eso es porque no te has enterado bien de cómo funciona la base de cotización. En este artículo sobre cómo elegir la base de cotización puedes leer más. O puedes echarle un vistazo a esta imagen donde se resumen los tipos específicos de cotización.

Tabla con los tipos específicos de cotización

Tarifa plana para autónomas al regresar a la actividad

Al regresar a tu trabajo como autónoma dentro de los dos años posteriores a la baja por maternidad, tendrás acceso a la tarifa plana durante un período de 24 meses, en vez de los 12 meses que permitían hasta 2022. Es decir, que si vuelves a la actividad después de la baja, tendrás una bonificación por reincorporación de la maternidad de autónomos y podrás reducir tu cuota de autónomos a 80€ mensuales. 

Al regresar a tu trabajo como autónoma dentro de los dos años posteriores a la baja por maternidad, tendrás acceso a la tarifa plana durante un período de 24 meses, aunque no será la habitual cuota de 80€. Para saber la cuota reducida a la que tienes derecho, toma aire y coge calculadora, que se vienen curvas. Según la Seguridad Social, las madres que regresan a su actividad tienen derecho a una bonificación del 80% de la cuota por contingencia común aplicada sobre la base media de los 12 últimos meses anteriores a la fecha del cese de tu actividad. Estabas avisada… ¡Vamos a resolver este acertijo!

Empezamos por lo último: la base media de cotización de los 12 meses anteriores a la baja. Pues simple, puede que tú misma lo sepas, y si no lo puedes comprobar en el portal de la Seguridad Social. Imagina que tu base de cotización antes de dar a luz fue de 1.000€ durante los 6 primeros meses y de 1.500€ los siguientes 6. Tu media anual es de 1.250€. Ya tenemos el primer dato.

Lo segundo, aplicar el porcentaje de contingencias comunes a la base. No hace falta que te lo sepas de memoria, que te lo chivamos nosotros: actualmente el porcentaje es 28,30%, que multiplicándolo a la base media que hemos calculado antes da 353,75€. Venga, ya estamos cerca.

Último paso del crucigrama, aplicar la bonificación sobre esa cantidad. Hemos dicho que la tarifa reducida es el 80%, así que se lo restamos a 353,75 y nos da que tenemos que pagar 70,75€. ¡Genial! Ahora solo te queda sumar el resto de porcentajes que se cubren con la cuota (aplicados a tu base original de 1.250€) y tendrías tu cuota reducida.

En el caso de nuestro ejemplo, habría que añadir:

  • 1,3% de contingencias profesionales (16,25€)
  • 0,9% de cese de actividad (11,25€)
  • 0,1% de formación profesional (1,25€)
  • 0,7% de MEI (8,75€)

En total, 108,25€ de tarifa plana. Prueba tú misma a hacer los cálculos, o si lo prefieres, ¡puedes contratar un asesor personal que te ayude!

Casos particulares en la baja por maternidad

¿Qué sucede si quieres trabajas a jornada parcial? ¿O si en el momento de la baja tienes que cerrar tu negocio? ¿Pierdes el derecho a la baja por maternidad en algún caso? Son preguntas que pueden surgir si estás en una situación más particular. Vamos por partes.

1. La baja por maternidad en jornadas reducidas

Existe la opción de reducir tu jornada laboral en vez de ausentarte por completo de tu actividad laboral. En este caso, al hacer la solicitud, tanto tú como tu pareja podréis coger una baja parcial y reducir entre un octavo y un 50% la prestación y la jornada laboral. 

2. ¿Cómo afecta el cese de la actividad a la baja por maternidad?

Si por algún motivo te ves obligada a cerrar tu negocio mientras estás embarazada, puede afectar a tu baja por maternidad de dos maneras:

  1. Si el cese de actividad sucede durante tu baja de maternidad, seguirás cobrando la prestación por maternidad de manera normal hasta que finalice. Es decir, cerrar tu negocio no afecta a tu baja en este caso.
  2. Si cesas tu actividad antes de empezar a cobrar la prestación por maternidad,  dejarás de cobrar el subsidio por cese de actividad para cobrar la baja,  podrás volver a cobrar lo que te correspondía una vez terminada la baja por maternidad.

3. Baja por riesgo en el embarazo

Existe otra prestación diferente a la baja de maternidad que afecta a las madres autónomas que, por riesgos de su salud o la de su hijo, tengan que cesar su actividad durante los meses de embarazo. 

La prestación por riesgo en el embarazo es también del 100% de tu base de cotización y si se extiende más de un mes, se te bonificará al 100% la cuota de autónomos, por lo que no tendrás que pagar Seguridad Social. 

Puedes solicitar esta prestación el día después de tener el certificado médico del INSS o de tu Mutua y de haber cesado tu actividad en Hacienda. Mantendrás el derecho a esta prestación mientras tu actividad como autónoma siga suponiendo un riesgo o hasta que empieces a cobrar la baja por maternidad.

4. Autónomas víctimas de violencia de género

Las trabajadoras autónomas víctimas de violencia de género no tendrán la obligación de cotizar durante los 6 siguientes meses posteriores a la baja por maternidad. De esta forma, podrán reincorporarse de su baja y no pagar cuota de autónomos durante los 6 meses siguientes.

Igualmente, la Seguridad Social contará como si este tiempo estuviera cotizado, tomando como referencia la base de cotización de los 6 meses anteriores de la baja.

Baja por maternidad: ¿Mutua o Seguridad Social?

Muchas madres autónomas se preguntan qué es más beneficioso para cobrar la prestación de maternidad, la Mutua o la Seguridad Social. Lo cierto es que la respuesta es fácil: no puedes cobrar tu baja de maternidad a través de tu Mutua, así que la mejor (y la única) opción es tramitarla a través de la Seguridad Social.

Las mutuas se encargan de cubrir otro tipo de bajas (la baja por accidente laboral, por ejemplo), pero de las prestaciones de este tipo es la Seguridad Social la que se encarga.

autónoma embarazada solicita la baja de maternidad

Otras ayudas por maternidad para autónomas

Además de las que ya hemos mencionado en esta guía, existen otros beneficios a los que las madres autónomas pueden optar:

  • Tarifa plana para madres autónomas que dejaron su actividad: como hemos comentado antes, si dejas tu actividad como autónoma al ser madre y la retomas en los siguientes dos años, tienes derecho a una tarifa plana del 80% aunque no cumplas los requisitos.
  • Bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante un año para cuidar a menores o personas dependientes: si tienes un hijo con algún grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrás dejar de pagar la cuota de autónoma siempre y cuando puedas demostrar que has contratado un trabajador que te supla. 
  • Ayuda de 100€ al mes a madres trabajadoras: esta ayuda se puede cobrar con un cheque mensual o a través de una deducción en la renta de 1.200€. Puedes leer más en nuestro artículo de ayuda a madres trabajadoras
  • Cheque guardería para madres trabajadoras: El cheque guardería es otra deducción que te permite restar hasta 1.000€ anuales en la renta a las madres trabajadoras con niños de hasta 3 años. 
  • Mínimo por descendientes: en la renta también podrás restar el mínimo por descendiente, que va desde los 2.400€ por el primer hijo hasta los 4.500 por el cuarto.
  • Otras deducciones autonómicas: las comunidades autónomas también pueden aprobar medidas que favorezcan la natalidad. Existen deducciones por nacimiento o adopción, para libros escolares, escuela infantil… Algunos ejemplos son la Comunidad de Madrid, Andalucía, Valencia o Cataluña, con deducciones por nacimiento, adopción y acogida y la deducción por hijos menores de tres año.  

La baja por maternidad para autónomas puede ser un proceso complicado, más que por la prestación en sí, por la incertidumbre en la que te coloca con respecto a la posibilidad de encontrar las cosas como las dejaste, una vez que retomes tu actividad laboral. ¿Te esperarán tus clientes? A eso no te podemos responder (aunque sí podemos asegurarte que es un tema que nos interesa MUCHO). 

Con lo que sí que te podemos ayudar es con la gestión de los papeleos y etc., ya sabes. Si cuentas con una gestoría de autónomos como TaxScouts, ahorrarás tiempo y energía, al menos en lo que se refiere a los trámites, y, sobre todo, estarás segura de que estos están siendo gestionados por profesionales. Y, ya luego, cuando vuelvas al ruedo, podemos presentar tus impuestos de autónoma por ti, ¡vivaaa! 

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